Instrumento
- Fecha
- 22 de julio de 2025
- Notario
- RODRIGO ANDRÉS PALOMO TORNVALL
- Domicilio
- Frutillar
Sociedad
- Capital
- $15.477.042 CLP
- Domicilio
- Frutillar
- Duración
- 10 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, salvo aviso dado por los socios mediante carta certificada notarial, con a lo menos 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento
Objeto social
La explotación agrícola y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería u en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de dicha explotación; la realización de toda clase inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; la administración y arrendamiento por cuenta propia y ajena de bienes raíces; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y la intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; así como todas las demás actividades relacionadas, pudiendo, para el cumplimiento de su objeto, crear sociedades o ingresar a otras ya formadas, realizar todas aquellas actividades tendientes, concordantes o conducentes a los objetos antes señalados, y desarrollar todos los demás objetos que determinen el o los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANDRÉS PALOMO TORNVALL, Notario Público Titular Frutillar, Av. Arturo Alessandri Palma 187 F, Frutillar certifico: por escritura pública hoy, ante mí, HUGO CRISTINO WINKLER SCHOEBITZ, técnico agrícola, domiciliado en Av. Philippi 947, Frutillar, constituyó sociedad por acciones. Razón Social: AGRÍCOLA DOS MUNDOS SpA. Domicilio: Frutillar, sin perjuicio de agencias y sucursales que pueda establecer en el país o el extranjero. Duración: 10 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, salvo aviso dado por los socios mediante carta certificada notarial, con a lo menos 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. Objeto: La explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería u en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de dicha explotación; la realización de toda clase inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; la administración y arrendamiento por cuenta propia y ajena de bienes raíces; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y la intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; así como todas las demás actividades relacionadas, pudiendo, para el cumplimiento de su objeto, crear sociedades o ingresar a otras ya formadas, realizar todas aquellas actividades tendientes, concordantes o conducentes a los objetos antes señalados, y desarrollar todos los demás objetos que determinen el o los socios. Capital: $15.477.042.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo 1° transitorio. Representación, administración y uso de razón social: Corresponderá a HUGO CRISTINO WINKLER SCHOEBITZ, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Frutillar, 22 de julio del año 2025.