SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA ROSA DE LA MAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2025
- Notario
- XIMENA SCHMALFELDT RICCI
- Oficio
- Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalXIMENA SCHMALFELDT RICCI, abogado y Notario Público Interino de la Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad, con oficio en Avenida Barros Luco número mil setecientos cuarenta y nueve San Antonio, certifico: Que con fecha dos de julio de 2025 mediante sesión extraordinaria de asamblea de SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA ROSA DE LA MAR LIMITADA, rut 79.505.680-7 -la que se encuentra inscrita a fojas diecinueve mil seiscientos once número diez mil ochocientos cuarenta y tres en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos ochenta y tres-, reducida a escritura pública de fecha cinco de julio de 2025, el cien por ciento de los socios con participación social, acordaron y aprobaron entre otras materias, lo siguiente: I) Aprobaron la materialización del aumento de capital de la sociedad por concepto de capitalización parcial de las utilidades acumuladas de la cuenta de Utilidades Acumuladas del balance del año comercial dos mil veinticuatro ya aprobado por los socios en enero del presente año dos mil veinticinco, conforme consta en reducción de sesión extraordinaria asamblea de la sociedad de fecha trece de enero del año dos mil veinticinco, bajo el repertorio cincuenta y dos guion dos mil veinticinco. Este aumento corresponderá al monto de las utilidades provenientes de la salida del régimen de renta presunta según balance año comercial dos mil veintiuno y que asciende al monto de dos mil seiscientos noventa y siete millones seiscientos setenta y ocho mil doscientos cuarenta y ocho pesos, a prorrata de la participación de los socios en la empresa. En consecuencia, se aumenta el capital de un millón trescientos mil pesos aportados a prorrata por los socios, en la cantidad de dos mil seiscientos noventa y siete millones seiscientos setenta y ocho mil doscientos cuarenta y ocho pesos, quedando por consiguiente el capital estatutario de la sociedad en la suma de dos mil seiscientos noventa y ocho millones novecientos setenta y ocho mil doscientos cuarenta y ocho pesos, a prorrata de la respectiva participación social. II) Luego, en virtud del aumento de capital de la sociedad por capitalización parcial de las utilidades acumuladas, los socios acordaron modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de dos mil seiscientos noventa y ocho millones novecientos setenta y ocho mil doscientos cuarenta y ocho pesos, que los socios han aportado de la forma que se indica a continuación: 1) don José Domingo García Huidobro Larraín, aporta la cantidad de seiscientos setenta y cuatro millones setecientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y dos pesos, suma que se encuentra íntegramente suscrita, pagada y enterada a la caja social, con trescientos veinticinco mil pesos en dinero en efectivo con anterioridad a esta fecha y con seiscientos setenta y cuatro millones cuatrocientos diecinueve mil quinientos sesenta y dos pesos con cargo a la capitalización parcial de utilidades acumuladas, sumas que representan el veinticinco por ciento de los derechos sociales; 2) don José Augusto García Huidobro Larraín, aporta la cantidad de seiscientos setenta y cuatro millones setecientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y dos pesos, suma que se encuentra íntegramente suscrita, pagada y enterada a la caja social, con trescientos veinticinco mil pesos en dinero en efectivo con anterioridad a esta fecha y con seiscientos setenta y cuatro millones cuatrocientos diecinueve mil quinientos sesenta y dos pesos con cargo a la capitalización parcial de utilidades acumuladas, sumas que representan el veinticinco por ciento de los derechos sociales; 3) don Luis Alberto García Huidobro Larraín aporta la cantidad de seiscientos setenta y cuatro millones setecientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y dos pesos, suma que se encuentra íntegramente suscrita, pagada y enterada a la caja social, con trescientos veinticinco mil pesos en dinero en efectivo con anterioridad a esta fecha y con seiscientos setenta y cuatro millones cuatrocientos diecinueve mil quinientos sesenta y dos pesos con cargo a la capitalización parcial de utilidades acumuladas, sumas que representan el veinticinco por ciento de los derechos sociales; y, 4) doña María Virginia García Huidobro Larraín aporta la cantidad de seiscientos setenta y cuatro millones setecientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y dos pesos, suma que se encuentra íntegramente suscrita, pagada y enterada a la caja social, con trescientos veinticinco mil pesos en dinero en efectivo con anterioridad a esta fecha y con seiscientos setenta y cuatro millones cuatrocientos diecinueve mil quinientos sesenta y dos pesos con cargo a la capitalización parcial de utilidades acumuladas, sumas que representan el veinticinco por ciento de los derechos sociales”. Demás estipulaciones constan en acta reducida a escritura pública extractada. FECHA 10 de julio de 2025.-