RESTAURANT SOFÍA ALEXANDRA VILLANUEVA CALVO E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 22 de julio de 2025
- Repertorio
- 1880/2024
- Notario
- CARLOS ANDRÉS ORTEGA ALUL
- Domicilio
- Curicó
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ANDRÉS ORTEGA ALUL, Abogado, Notario Público de Curicó, con Oficio en calle Argomedo número doscientos ochenta, de esta ciudad, Certifica: Por escritura pública de fecha 22 de julio de 2025, conforme al artículo 1º de la Ley Nº 19.499, corrigieron y sanearon “Cesión de Derechos y Modificación Social”, “RESTAURANT MARIA TERESA FLORES GUAJARDO E.I.R.L.” hoy “RESTAURANT SOFÍA ALEXANDRA VILLANUEVA CALVO E.I.R.L.”, RUT Nº76.137.293-9, de fecha 18 de noviembre de 2024, otorgada ante mí, Repertorio Nº 1880/2024, publicada con fecha 13 de diciembre de 2024 en Diario Oficial. Vicio consistió en falta de inscripción dentro del plazo legal, por situaciones derivadas a que pese desprenderse explícitamente el cambio de domicilio entre las modificaciones contenidas en la cláusula tercera y siguientes de la citada escritura pública como en la de posterior extracto, manifestando expresamente que tras la modificación social aludida precedentemente el nuevo domicilio social corresponde a la ciudad de Curicó, tal como consta claramente en su cláusula DÉCIMO TERCERO, se generó una diversa interpretación que derivó en el vicio formal de nulidad de falta de inscripción dentro del plazo legal. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social, incluyendo la rectificación del Extracto de escritura pública en la que se señala explícitamente la “Modificación de Domicilio”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Repertorio Nº1375/2025.- Curicó, 24 Julio de 2025.