INMOBILIARIA HLS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2025
- Repertorio
- 2079
- Notario
- FRANCISCO FUENZALIDA RODRÍGUEZ
- Oficio
- Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
- Duración
- En Viña del Mar, a 21 de julio de 2025
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO FUENZALIDA RODRÍGUEZ, Notario Público de la Notaría de Viña del Mar, con oficio en calle Arlegui 333, local 111, de aquella comuna, certifico que, ante mí, por escritura pública otorgada con fecha 24 de julio de 2025, anotada bajo Repertorio N° 2079, ALFONSO JAVIER LAVAL MOLKENBUHR; JOSÉ JOAQUÍN HIDALGO RÍOS; MARUZZELLA GIOVANNA PARODI ROYO; por sí y en representación de MEGAN SHANNON SMITH PARODI; MARY ANNE SMITH PARODI; y SEAN MARTIN SMITH PARODI; todos con domicilio en Casablanca, Parcela Quince, condominio Los Viñedos, Ruta F guion setenta y cuatro G, de paso en ésta; acordaron modificar los estatutos sociales de la sociedad de responsabilidad limitada denominada INMOBILIARIA HLS LIMITADA, inscrita a fojas setecientas sesenta y cuatro vuelta número seiscientos setenta y dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, correspondiente al año dos mil nueve, cuyo capital asciende a $1.200.000.-, en orden a establecer que: Uno) Se deja constancia que el socio Alan Eugenio Smith Tapia falleció intestado en Viña del Mar el veintitrés de febrero de dos mil veintitrés, heredando sus derechos su cónyuge sobreviviente Maruzzella Giovanna Parodi Royo, y sus hijos Mary Anne Smith Parodi, Sean Martin Smith Parodi, y Megan Shannon Smith Parodi. Dos) Se deja constancia que por escritura pública otorgada con fecha cinco de mayo de dos mil veinticinco ante el Notario Público Interino de Valparaíso Carlos Andrés Wendt Gaggero, los herederos de Alan Eugenio Smith Tapia efectuaron partición parcial de la comunidad hereditaria, adjudicándose los derechos sociales que el causante tenía en la sociedad, en la misma proporción que a cada uno de los herederos corresponde en la herencia. Tres) Como consecuencia de la adjudicación mencionada, la sociedad queda constituida por los siguientes socios: a) Alfonso Javier Laval Molkenbuhr, con un porcentaje equivalente a un tercio de los derechos en la sociedad; José Joaquín Hidalgo Ríos, con un porcentaje equivalente a un tercio de los derechos en la sociedad; c) Maruzzella Giovanna Parodi Royo, con un porcentaje equivalente a dos quinceavos de los derechos en la sociedad; d) Mary Anne Smith Parodi, con un porcentaje equivalente a un quinceavo de los derechos en la sociedad; e) Sean Martin Smith Parodi, con un porcentaje equivalente a un quinceavo de los derechos en la sociedad; y f) Megan Shannon Smith Parodi, con un porcentaje equivalente a un quinceavo de los derechos en la sociedad. Otros acuerdos constan en la escritura que se extracta. Las demás cláusulas del pacto social mantienen plena vigencia. En Viña del Mar, a 21 de julio de 2025.