COMERCIALIZADORA SOMOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2025
- Repertorio
- 34959/2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de julio de 2025, otorgada ante mí, bajo el Repertorio 34.959/2025, comparecieron: doña Javiera Patricia Ahumada Villar, por sí y en representación de la Sucesión de don Robinson Eduardo Ahumada Montenegro, ambos domiciliados para estos efectos en Antonia López de Bello N°743, local 622, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, únicos y actuales socios de sociedad “COMERCIALIZADORA SOMOS LIMITADA”, inscrita a fojas 25.882 número 20.458 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2000, quienes modificaron sus estatutos en el sentido de incorporar al objeto social el “adquirir, arrendar, subarrendar, administrar y explotar locales comerciales, bodegas, oficinas u otros inmuebles destinados al desarrollo de actividades económicas propias o de terceros”. Al efecto, se modifica el artículo Segundo de los estatutos por el siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad es la producción, transformación, almacenamiento, envasado, comercialización, distribución, venta, compra, importación, exportación y cualquier otro tipo de acto o contratos relativo a todo tipo de bienes muebles o inmuebles; y en especial, sin que por ello se restrinja el giro, en lo relativo a productos de abarrotes, helados, bebidas, confites, productos lácteos, artículos de librería y escritorio, artículos de aseo y en general todo tipo de bienes y servicios, de cualquier clase y los demás que los socios acuerden. Asimismo, la sociedad podrá adquirir, arrendar, subarrendar, administrar y explotar locales comerciales, bodegas, oficinas u otros inmuebles destinados al desarrollo de actividades económicas propias o de terceros”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 julio 2025.