MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA E INMOBILIARIA SANTA MAGDALENA LIMITADA

RUT 76302739-2 CVE 2676536
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de julio de 2025

Instrumento

Fecha
14 de julio de 2025

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Fuenzalida Rodríguez, Notario Viña del Mar, calle Arlegui 333, local 111, certifica que por escritura de fecha 14 de Julio de 2025, ante Notario Público Suplente don Rodrigo Lagos Greve, RAMON MAZUELA BARROS y MAGDALENA CEPEDA CARRETERO modificaron “SOCIEDAD AGRICOLA E INMOBILIARIA SANTA MAGDALENA LIMITADA”, rol único tributario 76.302.739-2, cuyo capital social es de $5.000.000, en el siguiente sentido: en su cláusula tercera, relativa a la administración, antes de la letra “A”, sustituyendo la siguiente frase :“La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá exclusivamente al socio don RAMON MAZUELA BARROS y, a falta de este, por cualquier causa, sea esta temporal o permanente, y sin que sea necesario acreditar ante terceros, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a la socia Doña MAGDALENA CEPEDA CARRETERO, ya individualizada, quienes, según sea el caso, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial en la celebración de los siguientes actos o contratos:”, por la siguiente: “La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá exclusivamente al socio don RAMON MAZUELA BARROS y, a falta de este, por cualquier causa, sea esta temporal o permanente, y sin que sea necesario acreditar ante terceros, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a la socia Doña MAGDALENA CEPEDA CARRETERO, ya individualizada o a don ESTEBAN ANDRÉS MAZUELA CEPEDA, chileno, casado, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos veintidós mil doscientos noventa y cinco guion cero, quienes, según sea el caso, y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial en la celebración de los siguientes actos o contratos:”. En lo no modificado, quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social. Viña del Mar, 18 de julio de 2025.