MAQUINARIA TECNOLOGIA TRANSPORTE Y SERVICIOS AGRICOLAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de julio de 2025
- Repertorio
- 1694-2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Río Negro
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- ley 3.918
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
En conjunto por ambos socios en los actos que se indican en primera parte de la cláusula OCTAVA del pacto social, e individualmente en los actos indicados en la segunda parte de dicha cláusula OCTAVA del pacto social; en los dos casos, con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENATA MARCELA GONZÁLEZ CARVALLO, Abogada, Notario Púbico Titular de la 23 Notaría de Santiago, con oficio en Catedral Nº 1265, Santiago, certifica: Por escritura pública, de 18 de julio de 2025 Repertorio N°1.694-2025 ante mí, señores MATÍAS NICOLÁS AÑAZCO GUZMÁN, C.I.NAC. N°19.537.340-K, domiciliado Parcela Uno, Fundo Esmeralda, Río Negro, y RAÚL ALFONSO GUZMÁN URIBE, C.I.NAC.N°10.550.958-8, domiciliado Parcela Siete, Fundo Esmeralda, Río Negro, constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada, ley 3.918, disposiciones pertinentes del Código Civil y del Código de Comercio en lo no regulado en el contrato. RAZÓN SOCIAL: MAQUINARIA TECNOLOGIA TRANSPORTE Y SERVICIOS AGRICOLAS LIMITADA, pudiendo usar nombre de fantasía MATECSA LTDA. DOMICILIO: ciudad de Río Negro, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios agrícolas de todo tipo; preparación de suelo, siembra, fertilización, fumigación, cosechas de forrajes; la compra, venta, arriendo, importación, exportación y comercialización de equipos y maquinaria agrícola y forestal; la compra, venta, arriendo, importación y exportación de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, frutos de todo tipo, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, forestal o cualquier otra área que los socios determinen; b) La compra, venta, intermediación, arriendo, administración, explotación y corretaje de toda clase de bienes agrícolas sean muebles o inmuebles, la comercialización de productos derivados de la agricultura; c) La compraventa, producción, cultivo y cosecha de productos agrícolas, naturales o deshidratados, compra y ventas de productos frutales, semillas e insumos y la compraventa de mercaderías en general; d) La compraventa, producción, cultivo y cosecha de productos forestales, semillas e insumos; e) La compraventa de ganado para la producción de leche y/o carne; f) La crianza y reproducción de ganado vacuno, ovino, caprino, caballares, porcinos u otros para su explotación o venta; g) La prestación de servicios personal para la agricultura, agroindustria, industria agrícola, forestal o cualquier otra área que los socios aprueben de común acuerdo, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles, administrativos o de cualquier naturaleza que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; h) La prestación de asesorías, consultorías, y elaboración de informes, estudios, evaluación y desarrollo de proyectos, evaluaciones de impacto en el medioambiente, implementación de sistemas de gestión y capacitación de personal en las áreas antes mencionadas o en cualquier otra área, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles, administrativos o de cualquier naturaleza que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; i) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, lechería, ganadería, frutícola o maderera, la compra, venta, importación de la producción agropecuaria, sea propia o ajena, servicios de embalaje, packing, maquinaria de transporte de carga propia y ajena; j) Prestación de servicios integrales de transporte, ya sea en vehículos propios o ajenos, en actividades de explotación, comercialización, distribución, representación, e intermediación relacionados con transporte terrestre, en general el transporte de carga y servicios de transporte de pasajeros, en cualquiera de sus formas, como también la logística y distribución de todo tipo de carga y encomiendas; k) La gestión de recursos humanos, pudiendo prestar servicios como contratista o subcontratista, en todo tipo de labores de personal para las actividades agropecuarias, forestales, de servicios y de transporte, pudiendo también contratar y subcontratar a terceros para dichas labores; l) La prestación de servicios personal para la agricultura, agroindustria, industria agrícola, forestal o cualquier otra área que los socios aprueben de común acuerdo, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles, administrativos o de cualquier naturaleza que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; m) La prestación de asesorías, consultorías, y creación de informes, estudios, evaluación y desarrollo de proyectos, implementación de sistemas de gestión y capacitación de personal en las áreas antes mencionadas o en cualquier otra área; n) El transporte de todo tipo de carga por carretera, ya sea en vehículos propios o ajenos; ñ) El transporte de personal destinado a faenas agrícolas, pecuarias, frutícolas y forestales; o) El objeto social comprenderá la contratación y subcontratación de personal necesario para llevar a cabo el giro social, la prestación de servicios de apoyo agrícola o forestal, por medio del cual, podrá entre otras actividades proporcionar personal o recursos humanos para todo tipo de servicios relacionados con las actividades agropecuarias y forestales, como asimismo la realización de cualquier otro negocio que sea relacionado con las actividades señaladas; p) Y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y de toda otra actividad o negocio relacionado con el objeto principal que acuerden efectuar los socios. CAPITAL: $4.000.000.- socios aportan, enteran y pagan en efectivo en partes iguales $2.000.000.- cada uno, ingresados a caja social. Socios limitan su responsabilidad hasta monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACION: En conjunto por ambos socios en los actos que se indican en primera parte de la cláusula OCTAVA del pacto social, e individualmente en los actos indicados en la segunda parte de dicha cláusula OCTAVA del pacto social; en los dos casos, con amplias facultades. Se faculta delegación de Administración y Uso de Razón Social. DURACION: indefinida. Se facultó para publicar e inscribir. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 21 Julio 2025. DOY FE.