Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2025
- Repertorio
- 20055
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $402.856.065 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: que con fecha 11 de julio de 2025, ante mí, bajo el repertorio 20.055, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad IMEKO SpA, inscrita a fojas 314v, número 214 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso correspondiente al año 2023 (la “Sociedad”), celebrada con fecha 10 de julio de 2025, en virtud de la cual se acordó, entre otras materias, lo siguiente: (i) Reducir el capital estatutario y las acciones en las que este se divide a las efectivamente suscritas y pagadas esa fecha, esto es, de la suma de $402.856.065, dividido en 1.212.122 acciones, divididas a su vez en 1.000.000 de “Acciones Ordinarias”, nominativas y sin valor nominal, y 212.122 “Acciones Serie A”, preferentes, nominativas y sin valor nominal, a la suma de $243.809.895, dividido en 1.127.660 acciones, divididas a su vez en 1.000.000 “Acciones Ordinarias”, nominativas y sin valor nominal, y 127.660 “Acciones Serie A”, preferentes, nominativas y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; (ii) Eliminar y suprimir las denominadas “Acciones Serie A”, eliminando, en consecuencia, todos los derechos y preferencias establecidos en los estatutos de la Sociedad para la mencionadas serie preferente de acciones; (iii) El canje de 127.660 Acciones Serie A emitidas por la Sociedad, por 127.660 acciones denominadas “Acciones Ordinarias”. En consecuencia, el capital de la Sociedad es la suma de $243.809.895, dividido en 1.127.660 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, las cuales se encuentra íntegramente suscritas y pagadas; y (iv) Reemplazar el artículo Quinto permanente y Primero Transitorio, y eliminar el artículo Quinto Bis permanente de los estatutos sociales, todos relativos al capital social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de julio de 2025.