MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA TODOPROM LIMITADA

RUT 76223921-3 CVE 2676473
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
18 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2025
Repertorio
1761-2025
Notario
SERGIO RODRIGUEZ URIBE
Oficio
Décimo Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 40357 del 7 de septiembre de 2012

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO RODRIGUEZ URIBE, Notario Público Titular de la Décimo Cuarta Notaría de Santiago, Amunátegui 391, Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy, 18-07-2025, repertorio N°1761-2025, ante mí, don FRANCISCO RUBEN SILVA VALENCIA, C.I. N° 10.066.391-0 y doña LIRA DE LAS MERCEDES ORELLANA VARGAS, C.I. N°10.792.330-6, ambos domiciliados en Pasaje Los Helechos número dos mil seiscientos treinta y tres, comuna de Puente Alto, de paso en ésta, acuerdan modificar estatuto social de la sociedad de responsabilidad limitada denominada COMERCIALIZADORA TODOPROM LIMITADA, RUT. N°76.223.921-3, constituida por escritura pública de 7/09/2012, el Notario de San Miguel, con asiento en San Joaquin, Sergio Rodríguez Uribe, extracto inscrito a fojas 62.213 N° 43.366 del Registro de Comercio de Santiago del año 2012 y publicado en el Diario Oficial N° 40.357 de 07/09/2012.- Se modifica la cláusula segunda del estatuto social quedando de la siguiente manera: SEGUNDO: La sociedad tendrá por objeto la compra, venta, importación, exportación y distribución de textiles, calzados y productos de vestuario, electrónicos y artículos de regalo y la producción de eventos, sea en lugares públicos o privados, la realización de servicios y actividades de fotografía, producción y posproducción de películas cinematografías, videos y programas de televisión y otros actividades comerciales conexas, sean directamente o a través de terceros y la realización de todos los actos y contratos que acuerden los socios. Ratifican los socios que la administración y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios conjunta e indistintamente, quienes anteponiendo su nombre a la razón social obligará a la sociedad en toda clase de actos y contratos, con las facultades citadas en el estatuto constitutivo, que se dan por reproducidos en este acto para todos los efectos legales. El capital de la sociedad es la suma de $1.500.000. Reiteran los socios que su responsabilidad queda limitada al monto de sus aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 18 de julio de 2025.