MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA SpA

RUT 77590990-0 CVE 2676278
Fecha instrumento
18 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de julio de 2025
Repertorio
20651-2025
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
43º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
ley 19.499

Objeto social

- ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será “TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía “TRANSPELSpA”. Su domicilio será la comuna de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.”. En circunstancias que debió decir: ”TERCERO: ESTATUTOS DE TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA SpA: En virtud de la transformación acordada en el Artículo Segundo precedente, todos ya individualizados, vienen en acordar los siguientes Estatutos de TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA SpA por los cuales se regirá la Sociedad por Acciones, y además se acuerda que se regirá por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticinco y siguientes del Código de Comercio, y supletoriamente por la ley dieciocho mil cuarenta y seis Sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, y por las demás disposiciones legales que sean aplicables y no contravengan su naturaleza: “TÍTULO PRIMERO.- Nombre, Domicilio, Duración y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Público Titular 43º Notaria de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de julio de 2025, repertorio Nº 20.651-2025, doña Javiera Ignacia Valencia Leiva, en representación de TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 77.590.990-0 y de sus únicos accionistas habiendo tenido a la vista su Libro de Accionistas, acuerdan;don EDUARDO PATRICIO LATORRE ARAYA cédula nacional de identidad número 17.267.165-9 y doña FERNANDA DEL CARMEN LATORRE ARAYA cédula nacional de identidad número 16.212.300-9 todos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea dos mil novecientos treinta y nueve, oficina trescientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, rectifican y sanean conforme a ley 19.499, la escritura pública de Modificación Social de la sociedad TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA SpA Rol único Tributario número 77.590.990-0, otorgada ante mí con fecha 25 de junio de 2024, repertorio Nº 19.139-2024, extracto inscrito a fojas 58.413 número 23.659 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024 y publicado el 12 de julio del año 2024 en el Diario Oficial. En la referida escritura pública de modificación social se incurrió en un error involuntario, en orden a señalar en la cláusula TERCERA, lo siguiente; “TERCERO: ESTATUTOS DE TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA SpA: En virtud de la transformación acordada en el Artículo Segundo precedente, todos ya individualizados, vienen en acordar los siguientes Estatutos de TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA LIMITADA por los cuales se regirá la Sociedad por Acciones, y además se acuerda que se regirá por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticinco y siguientes del Código de Comercio, y supletoriamente por la ley dieciocho mil cuarenta y seis Sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, y por las demás disposiciones legales que sean aplicables y no contravengan su naturaleza: “TÍTULO PRIMERO.- Nombre, Domicilio, Duración y Objeto.- ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será “TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía “TRANSPELSpA”. Su domicilio será la comuna de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.”. En circunstancias que debió decir: ”TERCERO: ESTATUTOS DE TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA SpA: En virtud de la transformación acordada en el Artículo Segundo precedente, todos ya individualizados, vienen en acordar los siguientes Estatutos de TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA SpA por los cuales se regirá la Sociedad por Acciones, y además se acuerda que se regirá por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticinco y siguientes del Código de Comercio, y supletoriamente por la ley dieciocho mil cuarenta y seis Sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, y por las demás disposiciones legales que sean aplicables y no contravengan su naturaleza: “TÍTULO PRIMERO.- Nombre, Domicilio, Duración y Objeto.- ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será “TRANSPORTES EDUARDO LATORRE Y COMPAÑÍA SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía “TRANSPELSpA”. Su domicilio será la comuna de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.” En lo restante, permanece inalterado el texto del referido extracto. Santiago, 21 de julio de 2025.