Instrumento
- Fecha
- 11 de julio de 2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La prestación de servicios integrales de mantención, reparación, conservación, limpieza, remodelación y administración de edificios, oficinas, centros comerciales, condominios, instalaciones industriales, viviendas y, en general, de toda clase de bienes inmuebles, sean públicos o privados. Asimismo, podrá ejecutar obras menores y mayores de construcción; prestar servicios de instalación, revisión y reparación de sistemas eléctricos, sanitarios, de gas, climatización, ascensores, telecomunicaciones, seguridad, domótica y redes en general; realizar servicios de aseo industrial y domiciliario, jardinería, paisajismo, fumigación, control de plagas, pintura, y otras actividades afines. La Sociedad también podrá dedicarse a la compraventa, importación, exportación, arriendo y distribución de toda clase de materiales, equipos, maquinarias, herramientas y suministros relacionados con el rubro de la construcción y mantención; así como al desarrollo, comercialización y)o licenciamiento de software o plataformas tecnológicas para la gestión de edificios y servicios de mantención. La Sociedad podrá, además, prestar servicios de consultoría, capacitación, estudios técnicos y asesorías en materias relacionadas con su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, Piso 18, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 11 de julio de 2025, ante mí, doña JOICE SOLANGE AZÓCAR GONZÁLEZ, domiciliada en Avenida Padre Hurtado Sur N°5.758, comuna de Buin, constituyó una sociedad por acciones de aquellas contempladas y reguladas en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de acuerdo a las siguientes estipulaciones: a) Nombre: Mantención de Edificios ANDJOY SpA, b) Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que establezca en otros lugares en el resto del país o en el extranjero, c) Duración: Indefinida, d) Objeto: La prestación de servicios integrales de mantención, reparación, conservación, limpieza, remodelación y administración de edificios, oficinas, centros comerciales, condominios, instalaciones industriales, viviendas y, en general, de toda clase de bienes inmuebles, sean públicos o privados. Asimismo, podrá ejecutar obras menores y mayores de construcción; prestar servicios de instalación, revisión y reparación de sistemas eléctricos, sanitarios, de gas, climatización, ascensores, telecomunicaciones, seguridad, domótica y redes en general; realizar servicios de aseo industrial y domiciliario, jardinería, paisajismo, fumigación, control de plagas, pintura, y otras actividades afines. La Sociedad también podrá dedicarse a la compraventa, importación, exportación, arriendo y distribución de toda clase de materiales, equipos, maquinarias, herramientas y suministros relacionados con el rubro de la construcción y mantención; así como al desarrollo, comercialización y/o licenciamiento de software o plataformas tecnológicas para la gestión de edificios y servicios de mantención. La Sociedad podrá, además, prestar servicios de consultoría, capacitación, estudios técnicos y asesorías en materias relacionadas con su giro. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos, sean civiles o comerciales, incluyendo la participación en licitaciones públicas o privadas, formar o participar en otras sociedades, asociaciones o consorcios, tanto en Chile como en el extranjero. Por último, queda incluida también, toda otra actividad que esté relacionada, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con todo lo anterior y que sea necesaria para desarrollar el objeto referido. e) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas, de conformidad a lo establecido en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura de constitución extractada. Santiago, 18 de julio de 2025.