MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DISEÑO Y PUBLICIDAD MAGO LIMITADA

RUT 77475070-3 CVE 2676075
Capital
$1.800.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Repertorio
3664-2025
Notario
PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.800.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de 7 de julio del 2025 anotada bajo el Repertorio 3.664-2025, otorgada ante mí, los comparecientes: Don Ignacio Eugenio Antonio Gonel Martínez; doña Claudia Andrea Vaccaro Oporto; don Eduardo Eugenio Lizana Carrasco; e Inversiones y Servicios Lizana SpA; todos los anteriores domiciliados en calle Agustinas 1022, oficina 615, comuna de Santiago, quienes modificaron los estatutos de la sociedad DISEÑO Y PUBLICIDAD MAGO LIMITADA (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 19.720 N° 15.761 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2000, en la manera que se indica a continuación. 1. Don Ignacio Eugenio Antonio Gonel Martínez vendió, cedió y transfirió a Eduardo Eugenio Lizana Carrasco todos sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes al 90% del capital de la Sociedad, en la suma de $1.800.000, la que se pagará dentro del plazo de seis meses contados desde la fecha de la escritura extractada. 2. Doña Claudia Andrea Vaccaro Oporto vendió, cedió y transfirió a Inversiones y Servicios Lizana SpA todos sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes al 10% del capital de la Sociedad, en la suma de $200.000, la que se pagará dentro del plazo de seis meses contados desde la fecha de la escritura extractada. En consecuencia de las cesiones anteriores, salen de la Sociedad los socios Ignacio Eugenio Antonio Gonel Martínez y Claudia Andrea Vaccaro Oporto, e ingresan a la Sociedad Eugenio Lizana Carrasco e Inversiones y Servicios Lizana SpA. Los nuevos dos únicos socios en la Sociedad acordaron reemplazar el artículo tercero de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “TERCERO: La administración y el uso de la razón social de la Sociedad corresponderá exclusivamente a don EDUARDO EUGENIO LIZANA CARRASCO, cédula nacional de identidad número diez millones cuatrocientos veintiséis mil seiscientos setenta y nueve guión siete, quien contará con todas las facultades y atribuciones que se señalan en la cláusula cuarta de estos estatutos.” 3. Los nuevos dos únicos socios en la Sociedad acordaron reemplazar el artículo cuarto de los estatutos de la Sociedad, estableciendo las autoridades y facultades que tendrá el administrador designado en la cláusula tercera de los estatutos de la Sociedad. 4. Los nuevos dos únicos socios en la Sociedad acordaron reemplazar el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, moneda de curso legal, que se aportan por los socios en la siguiente forma: i) don Eduardo Eugenio Lizana Carrasco aporta la suma de un millón ochocientos mil pesos, moneda de curso legal, lo que representa el noventa por ciento del capital social, suma ésta que se ha pagado íntegramente en dinero a la caja social; y ii) la empresa Inversiones y Servicios Lizana SpA aporta la suma de doscientos mil pesos, moneda de curso legal, lo que representa el diez por ciento del capital social, suma ésta que se ha pagado íntegramente en dinero a la caja social.” Demas estipulaciones escrtirua extractada.