TACORA INMOBILIARIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2025
- Repertorio
- 72268-2025
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, abogado, Notario Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de julio del año 2025, Repertorio N°72.268-2025, ante mí, don RICHARD HENRY BÜCHI BUC, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, C.I. N°6.149.585-1; y doña MARTA ELENA DEL CARMEN SAGREDO FERNÁNDEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, C.I. N°6.067.657-7, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida del Monte Sur N°13.850, comuna de las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las respectivas cédulas de identidad citadas y exponen: “TACORA INMOBILIARIA LIMITADA”, RUT N°76.363.768-9, fue constituida por escritura pública de fecha 20 de diciembre del año 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 13.037, número 8.185 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014 y se publicó en el Diario Oficial del día 17.02.2014. La sociedad no ha sufrido modificaciones. Dos. Los únicos y actuales socios de TACORA INMOBILIARIA LIMITADA son a) don RICHARD HENRY BÜCHI BUC, con el 50% de participación en los derechos sociales y patrimonio social; b) MARTA ELENA DEL CARMEN SAGREDO FERNÁNDEZ, con el 50% de participación en los derechos sociales y patrimonio social. Los comparecientes, en su carácter de únicos socios, acuerdan, en forma unánime, la disolución y liquidación anticipada de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “TACORA INMOBILIARIA LIMITADA”, la cual tendrá efecto a contar del día de suscripción de la presente escritura. Se deja constancia que la sociedad “TACORA INMOBILIARIA LIMITADA”, ha procedido con anterioridad a la presente fecha, a dar término de giro a sus actividades conforme a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario, según da cuenta el Certificado de Término de Giro del Servicio de Impuestos Internos, de fecha 09 de junio del año 2025, Folio N°950726160, el cual, se obtuvo conforme el Balance de Término de Giro que comprendió el ejercicio entre el 01 de enero del año 2017 y el 31 de diciembre del mismo año. En razón de no existir activos que liquidar no es posible realizar devolución alguna de capital a los socios de “TACORA INMOBILIARIA LIMITADA”. Los comparecientes tienen por definitivamente disuelta y liquidada la sociedad y se dan el más amplio y total finiquito, declarando que nada se adeudan por concepto alguno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de julio de 2025. F. LEIVA C. N.P.