MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Miquel y Cabrera’s Limitada

RUT 78557470-2 CVE 2675183
Fecha instrumento
4 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de junio de 2025
Notario
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL
Oficio
19a. Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley 3.918

Administración

La administración y el uso de la razón social le corresponderá de manera exclusiva a don GONZALO ANTONIO CABRERA MIQUEL, quien anteponiendo su firma a la razón social representara a la sociedad con las más amplias facultades y sin limitación alguna, sin perjuicio de la enumeración de facultades que constan es la escritura de constitución social.”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL, Notario público Titular de la 19a. Notaria de Santiago, con oficio en Bandera N° 341, Oficina N° 352, Certifico: Por escritura pública de 04/06/2025, Repertorio número 30.260, ante mí, LUIS ALBERTO CABRERA MIQUEL, GONZALO ANTONIO CABRERA MIQUEL, MARÍA VALENTINA CABRERA PARDUCCI y NICOLAS ANTONIO CABRERA PARDUCCI, sanean conforme artículo 3° de la Ley 3.918 y los artículo 352 y 354 del Código de Comercio. “MIQUEL Y CABRERA’S LIMITADA”, constituida el 13 de septiembre de 1994 3ª Notaria de Santiago de don Aliro Veloso Muñoz, se inscribe a fojas 20.380, bajo el número 17.663, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1994, en el siguiente sentido: Los comparecientes, vienen a sanear el extracto inscrito y publicado según lo dispuesto en la Ley tres mil novecientos dieciocho sobre sociedades de responsabilidad limitada, y demás normas pertinentes en la escritura de modificación social señalada, el que contiene un incumplimiento imperfecto de unas de las menciones que la ley ordena incluir en el respectivo extracto, relativa a la administración, siendo esto obligatorio al ser una sociedad de responsabilidad limitada, quedando del siguiente tenor “ADMINISTRACION: La administración y el uso de la razón social le corresponderá de manera exclusiva a don GONZALO ANTONIO CABRERA MIQUEL, quien anteponiendo su firma a la razón social representara a la sociedad con las más amplias facultades y sin limitación alguna, sin perjuicio de la enumeración de facultades que constan es la escritura de constitución social.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de Julio de 2025. PEDRO R. REVECO HORMAZABAL.