IMPORT EXPORT NUEVO LUCERO SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2021
- Notario
- RODRIGO ALEJANDRO GONZÁLEZ BARRIGA
- Oficio
- Primera Notaria de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $7.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ALEJANDRO GONZÁLEZ BARRIGA, abogado, Notario Público de la Primera Notaria de Iquique, Plaza Prat 650, certifica que, por escritura pública de 10 de Julio del 2025, ante mi suplente DANNY ISMAEL CANDIA PINTO: Don ANTONIO CHOQUE MAMANI, domiciliado en Calle Oscar Bonilla número mil ciento treinta y seis, Iquique, Doña MARLENE GLADYS PEREZ SALAZAR, domiciliada en José Miguel Carrera número mil doscientos guión A, Iquique, Don CARLOS JOSE VILLANUEVA ARGUEDAS, y Don GLEHISNER CHÁVEZ VARGAS, ambos domiciliados para estos efectos en Pasaje España número dos mil treinta y tres, Iquique; exponen: Que por escritura pública fecha 27 de Septiembre de 2021, otorgada ante Notario Público Iquique, MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, se constituyó sociedad por acciones denominada “IMPORT EXPORT NUEVO LUCERO SpA.” O “NUEVO LUCERO SpA”, inscrita a fojas 885 vta., N°575, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2021, debidamente publicada en el Diario Oficial de la República, Capital Social $7.000.000, y RUT 77.465.643-K. suscriben Compraventa de acciones. Don ANTONIO CHOQUE MAMANI, dueño de 630 acciones en la sociedad, y Doña MARLENE GLADYS PEREZ SALAZAR, dueña de 70 acciones en la sociedad, todas de una misma y única serie y sin valor nominal de “IMPORT EXPORT NUEVO LUCERO SpA.” O “NUEVO LUCERO SpA”, correspondientes al 100% de la participación accionaria. En este acto Don ANTONIO CHOQUE MAMANI, vende, cede y transfiere el 100% de las acciones de que es titular y que equivalen a 630 acciones a Don CARLOS JOSE VILLANUEVA ARGUEDAS, quien, compra, acepta y adquiere para sí, a su entera conformidad. A su vez Doña MARLENE GLADYS PEREZ SALAZAR, vende, cede y transfiere el 100% de las acciones de que es titular y que equivalen a 70 acciones a Don GLEHISNER CHÁVEZ VARGAS, quien, compra, acepta y adquiere para sí, a su entera conformidad. En virtud de lo expresado y del acto celebrado, en este acto y por el presente instrumento, acogiéndose a las disposiciones del Artículo Trigésimo Tercero del estatuto social y del artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, los actuales, únicos y exclusivos accionistas de la sociedad modifican el Título Tercero, Artículo Décimo Primero y Décimo Segundo del pacto social primitivo en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio, Don GLEHISNER CHÁVEZ VARGAS, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará y obligará, con todas y cada una de las facultades establecidas en el Título Tercero, Artículo Décimo Segundo del pacto social primitivo.- En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 10 de Julio 2025.