CONSTRUCCIONES MENORES E INMOBILIARIA ECO MUÑOZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2025
- Repertorio
- 21022-2025
- Notario
- RODRIGO DANIEL FERNÁNDEZ DILLEMS
- Domicilio
- don HERNÁN JOSÉ RETAMAL GRIMBERG
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la actividad inmobiliaria y de la construcción en todas sus ramas por cuenta propia o ajena, por suma alzada, por administración, o por cualquiera otra forma o sistema, pudiendo realizar operaciones comerciales o industriales conexas o relacionadas con giro de construcción; la administración de dichas construcciones, subcontratar todo o parte de determinadas obras, proyectar y ejecutar obras de ingeniería; efectuar cualquier negocio relacionado con construcción, además en el área inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantarlos y sembrarlos, la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles y, en general efectuar todas las inversiones rentables que los socios acuerden y todos aquellos útiles o que acuerden las partes, pudiendo aportar en otras sociedades o contribuir a tomar aquellas que convengan y digan relación directa o indirecta con el o los objetos de la sociedad
Administración
María Ignacia del Pilar Muñoz Parra, amplias facultades de administración y disposición de bienes.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO DANIEL FERNÁNDEZ DILLEMS, abogado, notario público suplente, de don HERNÁN JOSÉ RETAMAL GRIMBERG, titular de la Duodécima Notaría de Santiago, según decreto económico número trescientos noventa y seis de fecha nueve de junio del año dos mil veinticinco, de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, con domicilio en calle Teatinos número trescientos treinta y uno, comuna de Santiago, por escritura pública de fecha 17 de junio de 2025, repertorio n° 21022-2025, ante Titular y autorizada por mí en conformidad al art. 402, doña MARÍA IGNACIA DEL PILAR MUÑOZ PARRA, chilena, soltera, labores de hogar, C.I. N°17.378.968-8, Los Tulipanes 2.952, San Bernardo, constituyó sociedad por acciones. Nombre: “CONSTRUCCIONES MENORES E INMOBILIARIA ECO MUÑOZ SpA.”, fantasía “ECO MUÑOZ SpA.” Objeto: la actividad inmobiliaria y de la construcción en todas sus ramas por cuenta propia o ajena, por suma alzada, por administración, o por cualquiera otra forma o sistema, pudiendo realizar operaciones comerciales o industriales conexas o relacionadas con giro de construcción; la administración de dichas construcciones, subcontratar todo o parte de determinadas obras, proyectar y ejecutar obras de ingeniería; efectuar cualquier negocio relacionado con construcción, además en el área inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantarlos y sembrarlos, la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles y, en general efectuar todas las inversiones rentables que los socios acuerden y todos aquellos útiles o que acuerden las partes, pudiendo aportar en otras sociedades o contribuir a tomar aquellas que convengan y digan relación directa o indirecta con el o los objetos de la sociedad. Domicilio: será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder abrir agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. Duración: indefinida. - Capital: $30.000.000, dividido en 30.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, se suscriben y pagan íntegramente, en este acto, en dinero efectivo, correspondiéndole, en consecuencia, la cantidad de $30.000.000, declarando íntegramente pagado el capital social. Administración: María Ignacia del Pilar Muñoz Parra, amplias facultades de administración y disposición de bienes. - Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 01 de julio de 2025.