MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS LAS MAGNOLIAS LIMITADA

RUT 77748108-8 CVE 2675014
Fecha instrumento
9 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2025
Repertorio
33919-205
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38a Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público, Titular de la 38a Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea, número 3.477, oficina 10, comuna de las Condes, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 9 de julio de 2025, repertorio 33.919-205, ante mí, don Benjamín Ambrosio Salas Urzúa, doña Carolina Paz Menichetti Pilasi, en su calidad de socios de la Sociedad, y doña Jazmín Andrea Gajardo España, todos domiciliados en Avenida Alonso de Córdova 3788, oficina 33-B, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron la sociedad ASESORÍAS LAS MAGNOLIAS LIMITADA, inscrita a fojas 18.467 número 8.741 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023 (la “Sociedad”), en el siguiente sentido: Uno) Doña Carolina Paz Menichetti Pilasi vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, ascendentes al 1% del capital e interés social, a doña Jazmín Andrea Gajardo España, quien los adquiere para sí. El precio de la cesión asciende a la suma de $4.707. Dos) Producto de lo anterior, doña Carolina Paz Menichetti Pilasi se retira como socia de la Sociedad. Tres) Con el objeto de dar cuenta de la cesión de derechos, se sustituyó el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de cuatrocientos setenta mil setecientos veintiocho pesos, íntegramente pagado, aportado e ingresado en arcas sociales por los socios en la siguiente proporción: don Benjamín Ambrosio Salas Urzúa aportó la cantidad de cuatrocientos sesenta y seis mil veintiún pesos, equivalente al noventa y nueve por ciento del capital social; y doña Jazmín Andrea Gajardo España aportó la cantidad de cuatro mil setecientos siete pesos, equivalente al uno por ciento del capital social”. Cuatro) Se modifica el párrafo final del artículo séptimo del título tercero, relativo a la administración, en el sentido siguiente, en caso de ausencia o incapacidad de don Benjamín Ambrosio Salas Urzúa, podrá actuar individual y separadamente doña Jazmín Andrea Gajardo España, en los términos que dispone la escritura extractada. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad, en especial que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de julio de 2025.