Agrícola Wilka Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2025
- Notario
- INGRID JOHANNA ZÚÑIGA REINOSO
- Oficio
- Segunda Notaría de La Ligua con asiento en Cabildo
- Comuna
- La Ligua con asiento en Cabildo
Sociedad
- Capital
- $1.150.000 CLP
Objeto social
explotación en cuenta propia o de terceros de predios agrícolas, compra, venta, arrendamiento, mediería de lo mismo, compra, venta, exportación, importación, exportación todo tipo de productos agrícolas y ejecutar todos los actos y contratos para consecución
Administración
socio Juan Alberto Taucano Quiroz con uno cualesquiera restantes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalINGRID JOHANNA ZÚÑIGA REINOSO, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de La Ligua con asiento en Cabildo, con oficio en calle Humeres 580, ciudad y comuna de Cabildo, certifico que: Por escritura pública de 10 de julio de 2025 ante mí los señores Juan Alberto Taucano Quiroz, cédula nacional de identidad número 7.287.531-1, empresario, domiciliado en Parcela F Uno A, El Quemado, Cabildo; Rodrigo Alberto Taucano Pérez, cédula nacional de identidad número 10.983.604-4, ingeniero civil industrial, Parcela treinta y cuatro A, Los Molinos, Cabildo y Juan Alberto Taucano Pérez, cédula nacional de identidad número 16.141.666-5, técnico agrícola, Parcela treinta y cuatro B, Los Molinos, Cabildo, constituyeron sociedad responsabilidad limitada al monto de los respectivos aportes. Nombre: Agrícola Wilka Limitada, pudiendo usar nombre fantasía Wilka Ltda. Administración: socio Juan Alberto Taucano Quiroz con uno cualesquiera restantes socios. Objeto: explotación en cuenta propia o de terceros de predios agrícolas, compra, venta, arrendamiento, mediería de lo mismo, compra, venta, exportación, importación, exportación todo tipo de productos agrícolas y ejecutar todos los actos y contratos para consecución objeto social. Capital $1.150.000.000; aportados por partes iguales por los socios, de los cuales ya enteraron la suma de trescientos setenta y seis millones de pesos ($376.000.000) y el saldo se enterará en el plazo de cinco años en cuotas iguales, anuales y sucesivas, venciendo la primera el día diez de abril del dos mil veintiséis y las restantes en la misma fecha de los sucesivos. Domicilio Cabildo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Cabildo.