MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA BOYEN LIMITADA

RUT 96515110-9 CVE 2675625
Fecha instrumento
14 de julio de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de julio de 2025
Repertorio
8878-2025
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
Los socios han prefijado como fecha de término para la vigencia de la sociedad, el día treinta y uno de enero del año dos mil veintiséis”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, abogado, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Av. Apoquindo 3.076, Of. 601, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de julio de 2025, bajo el Repertorio N°8878-2025, ante mí, don JULIO RAMÓN COVARRUBIAS FERNÁNDEZ e INVERSIONES BOYFOS LIMITADA, ambos domiciliados en Jardín de los Pájaros Sur 4.641, Lo Barnechea; don JUAN ALBERTO IGNACIO COVARRUBIAS FERNÁNDEZ e INVERSIONES LAS TÓRTOLAS LIMITADA, ambos domiciliados en El Canal 8.130, Vitacura; don GONZALO SAMUEL COVARRUBIAS FERNÁNDEZ y CONTANGO CONSULTORÍA E INVERSIONES LIMITADA, ambos domiciliados en Camino Punta de Águilas 3.981, casa 1, Lo Barnechea; don GUSTAVO ALEJANDRO COVARRUBIAS FERNÁNDEZ, INVERSIONES ENEAS LIMITADA y ASESORÍAS E INVERSIONES ASCANIO LIMITADA, los tres domiciliados en Avenida El Bosque Central 69, Of. 302, Las Condes; doña MARIA MAGDALENA COVARRUBIAS FERNÁNDEZ e INVERSIONES SOLACO LIMITADA, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo 3.001, Piso 9, Las Condes; INVERSIONES DEBURCO LIMITADA, domiciliada en Paseo del Águila 2, Lo Barnechea; y, don ENRIQUE MANUEL COVARRUBIAS FERNÁNDEZ y ASESORÍAS, INVERSIONES E INMOBILIARIA COVATORRE SpA, ambos domiciliados en Camino de las Ermitas 3.801, Lo Barnechea; los anteriores, únicos y actuales socios de “AGRÍCOLA BOYEN LIMITADA” RUT 96.515.110-9 (Fojas 6.285, Nro. 3.024, Año 1987), acordaron modificar los estatutos de la Sociedad en el sentido de reemplazar el Artículo Octavo de sus estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO OCTAVO: La Sociedad se disolverá por la expiración del plazo. Los socios han prefijado como fecha de término para la vigencia de la sociedad, el día treinta y uno de enero del año dos mil veintiséis”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 21 de julio de 2025.