Comercializadora Protorq S.A.
Instrumento
- Fecha
- 2 de julio de 2025
- Repertorio
- 27413
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Duración
- Tendrá una duración de diez años contados desde su constitución, entendiéndose renovada en forma automática y sucesiva por periodos de tres años cada uno
Objeto social
El objeto social será la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación y exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, mercaderías, maquinarias por cuenta propia o ajena; la representación de empresas nacionales o extranjeras; la distribución y venta al por mayor o al detalle de materias primas y otro productos; compraventa con o sin comisión, promoción por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles por destinación, la prestación de asesorías en tales materias; la prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías en materias relacionadas con la administración, finanzas (tesorería y control de gestión incluido), contabilidad, logística y recursos humanos a otras sociedades que requieran dicho soporte y todo lo que en la actualidad o en el futuro esté relacionado con estas actividades. III)
Administración
La administración y el uso de la razón social le corresponderá a un directorio compuesto por cuatro miembros, quienes podrán actuar con amplias facultades en la forma señalada en la escritura extractada. V)
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Eduardo Rafael Iñiguez Mujica | socio | 19688778-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico que el 16 de junio de 2025, ante mí, Eduardo Rafael Iñiguez Mujica, CNI N°19.688.778-4, domiciliado para estos efectos en Avenida Apoquindo N°3.500, piso 9, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, redujo a escritura pública, con repertorio N°27.413, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada el mismo día en mi presencia, de la sociedad denominada “Comercializadora Protorq S.A.”, RUT N°76.220.150-K, con extracto de constitución inscrito a fojas 162 N°169 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Buin de 2004. En dicha junta, “RUTA7 Inversiones S.A.”, “Díaz y Oliva Inversiones SpA” e “Inversiones Villanelo SpA”, en su calidad de únicos accionistas de “Comercializadora Protorq S.A.” acordaron transformarla en una sociedad por acciones, siendo las siguientes materias objeto de extracto: I) NOMBRE: “Comercializadora Protorq SpA”. II) OBJETO: El objeto social será la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación y exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, mercaderías, maquinarias por cuenta propia o ajena; la representación de empresas nacionales o extranjeras; la distribución y venta al por mayor o al detalle de materias primas y otro productos; compraventa con o sin comisión, promoción por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles por destinación, la prestación de asesorías en tales materias; la prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías en materias relacionadas con la administración, finanzas (tesorería y control de gestión incluido), contabilidad, logística y recursos humanos a otras sociedades que requieran dicho soporte y todo lo que en la actualidad o en el futuro esté relacionado con estas actividades. III) CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 5.000 acciones sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la forma señalada en el artículo primero transitorio de los estatutos. IV) ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social le corresponderá a un directorio compuesto por cuatro miembros, quienes podrán actuar con amplias facultades en la forma señalada en la escritura extractada. V) DURACIÓN: Tendrá una duración de diez años contados desde su constitución, entendiéndose renovada en forma automática y sucesiva por periodos de tres años cada uno. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 02 de julio de 2025.