Inmobiliaria e Inversiones HFK Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2025
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
a) La realización de inversiones en bienes raíces, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios de toda clase, instrumentos de depósito y de crédito, derechos en sociedades o comunidades, y en general, en toda clase de bienes muebles incorporales; b) la adquisición, enajenación, administración, explotación y arrendamiento de toda clase bienes raíces; y c) las demás actividades, actos y contratos que, directa o indirectamente relacionados con las anteriores. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 dividido 1.000 acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas al momento de la constitución de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: por escritura pública otorgada hoy, ante mí, doña MARÍA LUISA KRAUSE UGARTE, domiciliada en calle Waterloo número 449, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don ERNESTO SEBASTIÁN FAURÉ KRAUSE, domiciliado en Camino del Portal número 4445, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y doña MARÍA CARINA FAURÉ KRAUSE, domiciliada en calle Waterloo número 898, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron transformar Inmobiliaria e Inversiones HFK Limitada, en una sociedad por acciones, de cuyo estatuto se extracta: La sociedad se denominará Inmobiliaria e Inversiones HFK SpA. La sociedad tendrá su domicilio en la comuna de Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros lugares del país o fuera del territorio nacional. La duración de la sociedad será indefinida. La sociedad tendrá por objeto: a) La realización de inversiones en bienes raíces, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios de toda clase, instrumentos de depósito y de crédito, derechos en sociedades o comunidades, y en general, en toda clase de bienes muebles incorporales; b) la adquisición, enajenación, administración, explotación y arrendamiento de toda clase bienes raíces; y c) las demás actividades, actos y contratos que, directa o indirectamente relacionados con las anteriores. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 dividido 1.000 acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas al momento de la constitución de la sociedad. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 9 de julio de 2025.-