Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2025
- Notario
- PEDRO HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO HIDALGO SARZOSA, abogado y Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en Castellón 116, comuna de Concepción, certifico: por escritura pública de fecha 10 de julio de 2025, Rep. 2609/2025, ante mí, F Y C Inversiones Limitada, representada por Cristóbal Ignacio Vega López; BGL Inversiones SpA, representada por Carlos René Belmar Maldonado y por Jorge Eduardo Game Valdés; Latsague & Larrea Limitada, representada por Jean Pierre Latsague Lightwood; y Patricio Humberto Quintana Maldonado; constituyeron una sociedad por acciones cuyo nombre es “INMOBILIARIA PDV 1176 SpA”. El domicilio de la sociedad es la comuna de Concepción, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en otras localidades del país o en el extranjero, previo acuerdo de los accionistas. La duración de la sociedad es indefinida. El objeto de la sociedad es: a) la ejecución de toda clase de actividades de carácter inmobiliario en sus distintas formas, comprendiéndose en ellas la adquisición, compra, venta, permuta, dación en pago y enajenación en cualquier forma, de todo tipo de bienes raíces o derechos sobre ellos, pudiendo asimismo construir, remodelar, transformar, reparar, fusionar, subdividir, lotear, tomarlos o entregarlos en arrendamiento, obtener frutos de ellos y administrarlos; y, en general desarrollar todo tipo de operaciones relacionadas con la actividad inmobiliaria; b) la inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, pudiendo, para tales efectos, adquirir acciones, derechos sociales, debentures, bonos, cuotas de fondos, efectos de comercio, títulos de crédito, y, en general, toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; así como administrar dichas inversiones y sus frutos; y c) en general, la ejecución de todos aquellos actos o contratos que se relacionen directa o indirectamente con los objetos anteriormente indicados o que contribuyan a su consecución. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, sin preferencias y sin valor nominal, que se pagan y enteran en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los estatutos. La administración y representación de la sociedad corresponderá a CRISTÓBAL IGNACIO VEGA LÓPEZ, en conjunto con uno cualquiera de los señores JEAN PIERRE LATSAGUE LIGHTWOOD, CARLOS RENÉ BELMAR MALDONADO o JORGE GAME VALDES, quienes, actuando en la forma indicada, tendrán las más amplias facultades para representar a la sociedad en la forma indicada en la escritura extractada. Demás disposiciones constan en la referida escritura. Concepción, 15 de julio de 2025.