CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Estudio Creativo Consciente SpA

RUT 17269944-8 CVE 2673750
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de julio de 2025

Instrumento

Fecha
14 de julio de 2025
Notario
GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ
Oficio
3º notaría de Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, Abogado, Notario Público, titular de la 3º notaría de Santiago, con oficio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins nº 2102, Santiago, CERTIFICO: Que por escritura pública hoy, ante mí, MARIA DEL PILAR MARDONES GUZMAN, chilena, soltera, diseñadora, C. I. N°17.269.944-8, domiciliada para estos efectos en calle Bremen N°1701, Depto. 501, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; constituye una sociedad por acciones, la cual estará regida por el Título VII del Libro II del Código de Comercio y Código Civil.- El nombre será “ESTUDIO CREATIVO CONSCIENTE SpA”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. La sociedad tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. El objeto de la sociedad será: a) Otras Actividades especializadas de diseño no clasificadas previamente. La sociedad tendrá también por objeto la prestación de servicios integrales de diseño especializado, incluyendo, pero no limitado a: creación, desarrollo y ejecución de identidad de marca; diseño gráfico aplicado a medios digitales e impresos; branding estratégico; elaboración y dirección de piezas gráficas, audiovisuales y publicitarias; conceptualización de campañas; diseño de elementos comunicacionales; gestión de imagen corporativa; diseño de interfaces visuales para medios digitales; asesoría creativa en materias de comunicación visual, estética de marca y presencia en medios. Asimismo, podrá desarrollar contenidos visuales y narrativos para marcas, empresas, instituciones u organizaciones, adaptándose a medios tradicionales, digitales o multiformato. b) Otros Servicios de Atención de la Salud Humana Prestados por Empresas. Excluyéndose expresamente los actos propios de las profesiones reguladas por el Código Sanitario. Se impartirán terapias alternativas y complementarias como reiki, canalización energética, sanación vibracional, meditación guiada, aromaterapia, musicoterapia, flores de Bach, biomagnetismo, reflexología, alineación de chakras, técnicas de respiración y relajación, entre otras disciplinas de bienestar holístico. Estos servicios podrán prestarse de manera individual o grupal, de forma presencial o remota, y en distintos formatos, como talleres, sesiones, cursos, retiros o jornadas temáticas. c) La realización y ejecución de todos los actos, y celebración de todos los contratos que puedan acordar los socios de ESTUDIO CREATIVO CONSCIENTE SpA.- El capital social es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una serie, sin valor nominal, equivalentes a $10.000 cada acción, y que se encuentran suscritas de la siguiente forma: I. Doña MARIA DEL PILAR MARDONES GUZMAN, previamente individualizada, suscribe, paga y entera íntegramente 100 acciones, por la suma de $1.000.000, que aporta al contado en dinero en efectivo. Monto total, equivalente al 100% de participación accionaria.- En suma, las 100 acciones, en que se divide el capital social han quedado íntegramente pagadas, suscritas y enteradas, en este acto mediante el aporte indicado precedentemente. La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no accionistas. Hasta que la Junta de Accionistas no revoque su designación, el administrador de la sociedad será: doña MARIA DEL PILAR MARDONES GUZMAN, previamente individualizada, quien indistintamente, y de forma individual, gozará de todas las facultades señaladas en los estatutos, especialmente aquellas señaladas en el Artículo Octavo, sin limitación alguna. Demás estipulaciones constan escritura social extractada. Stgo.,14 de julio 2025.