YAN-NAR FRUIT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de julio de 2025
- Notario
- JOSE TOMÁS FABRES BORDEU
- Oficio
- 41ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago para todos los efectos legales
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la importación, transporte y comercialización de frutas, verduras, alimentos y bienes muebles en general, y cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo, estén o no dentro del giro ordinario y que no sean contrarias a la legislación vigente, y los demás negocios relacionados con los objetos indicados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE TOMÁS FABRES BORDEU, Notario Público Interino de la 41ª Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos número 1160, subsuelo, certifica que por escritura pública de fecha 07 de julio de 2025, Rep. N°11.152/2025, ante mí, don MARCO OSWALDO YANQUI JARA, ecuatoriano, casado, Factor de Comercio, cédula de identidad para extranjeros N°22.574.706-7, por sí y en representación de don KEVIN JOEL ARISTEGA RONQUILLO, ecuatoriano, casado, Factor de Comercio, Rol Único Tributario de inversionista N°48.227.333-5, todos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Bellet número cuatrocientos cuarenta y cuatro, oficina quinientos cuatro, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada bajo el nombre o razón social de “YAN-NAR FRUIT LIMITADA”, nombre de fantasía “YAN-NAR FRUIT”.- DOMICILIO. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago para todos los efectos legales, sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- OBJETO. El objeto de la sociedad será la importación, transporte y comercialización de frutas, verduras, alimentos y bienes muebles en general, y cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo, estén o no dentro del giro ordinario y que no sean contrarias a la legislación vigente, y los demás negocios relacionados con los objetos indicados. CAPITAL. El capital de la sociedad será la suma de $6.000.000, que los socios aportan y enteran en este acto en su totalidad y en dinero efectivo, en la siguiente forma: don MARCO OSWALDO YANQUI JARA aporta la suma de $3.000.000 que corresponden al 50% de participación en el capital social, y don KEVIN JOEL ARISTEGA RONQUILLO, debidamente representado, aporta la suma de $3.000.000 que corresponden al 50% de participación en el capital social. Queda de esta manera pagado y enterado el capital social en forma íntegra. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto del aporte.- DURACIÓN. La sociedad comienza con esta fecha y durará indefinidamente. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÖN SOCIAL. Corresponde a don MARCO OSWALDO YANQUI JARA, amplias facultades.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 09 de julio de 2025.