MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Tarpuy SpA

RUT 77722715-7 CVE 2673474
Fecha instrumento
3 de julio de 2025

Instrumento

Fecha
3 de julio de 2025
Repertorio
1076-2025
Notario
Julio Abuyeres Jadue
Domicilio
Pudeto 398

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Julio Abuyeres Jadue, Notario Público, Pudeto 398, Quillota, certifico: por escritura de fecha 03 de Julio de 2025; Repertorio N°1076-2025, ante mí, don Pablo Andrés Morales Tapia, chileno, soltero, Ingeniero Agrónomo, RUT 16.058.472-6, domiciliado en Parcela trescientos once, Lote 311-H, callejón el Carmen, Sector la Peña, Comuna de Nogales, región de Valparaíso, realizó aumento de capital y modificación de estatutos sociedad por acciones de sociedad SpA “TARPUY SpA” rol único tributario 77.722.715-7 con extracto inscrito de dicha escritura inscrita a fojas número 1, bajo el número 1 del Registro de Comercio de La Calera del año 2023 y publicado en el diario oficial de fecha 26 de diciembre de 2022: Modificación de estatutos sociales. 1) Modificar y reemplazar el Artículo CUARTO de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS dividido en MIL TRESCIENTAS SETENTA Y TRES ACCIONES, nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias”, y 2) Modificar y reemplazar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO TERCER TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS dividido en MIL TRESCIENTAS SETENTA Y TRES acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales; a) quinientas acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal fueron suscritas por la sociedad ACCIONISTA, por un valor total de DOCE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; b) las restantes OCHOCIENTAS SETENTA Y TRES acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, quedan pendientes de suscripción y pago, todas las cuales deberán suscribirse y pagarse dentro del plazo de un año a contar de esta fecha”. Vigencia de los Estatutos. En todo lo no modificado por la presente escritura, rigen íntegramente las estipulaciones del pacto social contenidas en la escritura pública individualizada en la Cláusula Primera.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Quillota, 11 de julio de 2025.