SOCIEDAD DE TRANSPORTE Y SERVICIOS ARIEL Y JIMMY URRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2025
- Repertorio
- 2654-2025
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- 2da. Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Talcahuano
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de 2 años, renovable tácitamente y en forma sucesiva por períodos iguales y en las mismas condiciones y estipulaciones, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública al otro socio, la que deberá darse a conocer mediante notificación hecha por intermedio de un notario público, con una anticipación mínima de tres meses, al vencimiento de la sociedad. Utilidades y Pérdidas: Las utilidades y pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios proporcionalmente a sus respectivos
Objeto social
será: a) Transporte de pasajeros, carga, servicios de arrendamiento de maquinaria pesada, camiones aljibe, con o sin chofer, sean camionetas, camiones, furgones, arrendamiento de todos tipo de vehículo transporte, sea de carga o de pasajeros, carga peligrosa, y otros; b) En general, cualquier otro tipo de actividad similar, conexa, derivada o relacionada con las anteriores que acuerden los socios, dirigida a personas naturales o jurídicas, instituciones, empresas privadas, públicas, fiscales, semifiscales, municipales, a corporaciones, fundaciones, organizaciones intermedias y particulares; c) Toda otra actividad, relacionada o no con las anteriores, que los socios así determinasen. En todo caso, debe entenderse que todas las actividades antes relacionadas podrán ejecutarse y desarrollarse tanto dentro del territorio nacional como en el extranjero y tanto en el ámbito privado como público. La sociedad podrá intervenir por cuenta propia o ajena en desarrollo de dichas actividades, directamente o por medio de otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto
Administración
Corresponderá a ambos socios, actuando en forma conjunta o separadamente, indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la obligarán en todos sus actos y negocios jurídicos que celebren por ella, para lo cual tendrán las más amplias facultades indicadas en pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la 2da. Notaría de Concepción, consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre año 2023, Nº792, oficio calle Castellón Nº116, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 15 de julio 2025, Repertorio 2654-2025 otorgada ante mí, compareció don ARIEL ALEJANDRO URRA VEGA, chileno, casado, patrón de nave menor, cédula de identidad Nº15.517.701-2, domiciliado Pasaje 50 Nº3824, Población San Marcos 2.000, comuna de Talcahuano y de paso en ésta y don JIMMY DAVID URRA VEGA, chileno, divorciado, conductor, cédula de identidad Nº14.354.511-3, con domicilio en Pasaje Atenas 2996, Población Armando Alarcón del Canto, comuna Hualpén y de paso en ésta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyo extracto es el siguiente: Razón Social: SOCIEDAD DE TRANSPORTE Y SERVICIOS ARIEL Y JIMMY URRA LIMITADA, sin embargo, la sociedad podrá actuar ante cualquiera persona, natural o jurídica, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos e instituciones bancarias y financieras con el nombre de fantasía SOTRASERV. A y J. LIMITADA pudiendo abreviar en ambos casos la palabra LIMITADA por LTDA. Objeto. será: a) Transporte de pasajeros, carga, servicios de arrendamiento de maquinaria pesada, camiones aljibe, con o sin chofer, sean camionetas, camiones, furgones, arrendamiento de todos tipo de vehículo transporte, sea de carga o de pasajeros, carga peligrosa, y otros; b) En general, cualquier otro tipo de actividad similar, conexa, derivada o relacionada con las anteriores que acuerden los socios, dirigida a personas naturales o jurídicas, instituciones, empresas privadas, públicas, fiscales, semifiscales, municipales, a corporaciones, fundaciones, organizaciones intermedias y particulares; c) Toda otra actividad, relacionada o no con las anteriores, que los socios así determinasen. En todo caso, debe entenderse que todas las actividades antes relacionadas podrán ejecutarse y desarrollarse tanto dentro del territorio nacional como en el extranjero y tanto en el ámbito privado como público. La sociedad podrá intervenir por cuenta propia o ajena en desarrollo de dichas actividades, directamente o por medio de otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto. Administración: Corresponderá a ambos socios, actuando en forma conjunta o separadamente, indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la obligarán en todos sus actos y negocios jurídicos que celebren por ella, para lo cual tendrán las más amplias facultades indicadas en pacto social. Capital: El capital social es la suma de $2.000.000.-, enterados al contado y en dinero efectivo, ingresando directamente a caja social. APORTES: $1.000.000 aportados por don ARIEL ALEJANDRO URRA VEGA, equivalentes a un 50% del capital social, y el socio don JIMMY DAVID URRA VEGA, aportó la suma de $1.000.000, equivalentes a un 50% del capital social. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de 2 años, renovable tácitamente y en forma sucesiva por períodos iguales y en las mismas condiciones y estipulaciones, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública al otro socio, la que deberá darse a conocer mediante notificación hecha por intermedio de un notario público, con una anticipación mínima de tres meses, al vencimiento de la sociedad. Utilidades y Pérdidas: Las utilidades y pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios proporcionalmente a sus respectivos aportes. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Talcahuano, sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que se establezcan en el resto del país. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, julio 15 de 2025. DOY FE.