INMOBILIARIA E INVERSIONES DEL CARMEN SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $2.180.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Osorno, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero
- Duración
- La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales No. 5.841, comuna de La Reina , certifica: Por escritura pública de fecha 03 de junio de 2025, Repertorio No. 24038, ante mí, Teresa Del Carmen Vargas Moraga, Manuel Ignacio Hernández Vargas, y Pablo Alberto Hernández Vargas, constituyeron una sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES DEL CARMEN SpA”. Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: a) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades; y d) La asesoría técnica, comercial, económica, administrativa y financiera en actividades que guarden relación directa o indirecta con el objeto de la sociedad, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Teresa del Carmen Vargas Moraga, y Manuel Ignacio Hernández Vargas, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Capital Social: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $2.180.000.000, dividido en 2.180.000.000 de acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor y de una misma serie, correspondientes al 100% de la participación accionaria de la sociedad. El capital se suscribe y paga por los accionistas en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Osorno, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de julio de 2025.