CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES DEL CARMEN SpA

CVE 2672887
Capital
$2.180.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de junio de 2025
Notaría
La Reina
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de junio de 2025
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$2.180.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Osorno, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero
Duración
La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales No. 5.841, comuna de La Reina , certifica: Por escritura pública de fecha 03 de junio de 2025, Repertorio No. 24038, ante mí, Teresa Del Carmen Vargas Moraga, Manuel Ignacio Hernández Vargas, y Pablo Alberto Hernández Vargas, constituyeron una sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES DEL CARMEN SpA”. Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: a) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades; y d) La asesoría técnica, comercial, económica, administrativa y financiera en actividades que guarden relación directa o indirecta con el objeto de la sociedad, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Teresa del Carmen Vargas Moraga, y Manuel Ignacio Hernández Vargas, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Capital Social: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $2.180.000.000, dividido en 2.180.000.000 de acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor y de una misma serie, correspondientes al 100% de la participación accionaria de la sociedad. El capital se suscribe y paga por los accionistas en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Osorno, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de julio de 2025.