CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Escribano Consultores SpA

RUT 16143401-9 CVE 2673485
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de mayo de 2025
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2025
Repertorio
21132-2025
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tiene por

Administración

El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los señores Pablo Alfonso Escribano Guzmán, Benny Gutiérrez Cruz, Kristopher William Brigham y Francisca José Baeza Ferenús, quienes actuando en la forma señalada y anteponiendo su firma a la razón social, les corresponderá la representación de la Sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Pablo Alfonso Escribano Guzmán socio 16143401-9
Benny Gutiérrez Cruz socio 27163857-4
Inversiones K.B. SpA socio 77270595-6
Francisca José Baeza Ferenús socio 15098699-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifica que: Por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2025, repertorio N° 21.132-2025, ante mí, Pablo Alfonso Escribano Guzmán, RUT N° 16.143.401-9, Benny Gutiérrez Cruz, RUT N° 27.163.857-4, Inversiones K.B. SpA, RUT N° 77.270.595-6, y, Francisca José Baeza Ferenús, RUT N° 15.098.699-0, constituyeron una sociedad por acciones que se regirá preferentemente por sus estatutos, y en su silencio, por las disposiciones del Libro Segundo, Título Séptimo, Párrafo Octavo del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas y demás que les sean aplicables: 1. Razón social: “ESCRIBANO CONSULTORES SpA” pudiendo usar asimismo como nombre de fantasía, incluso con los bancos para cualquier efecto, “Escribano & Cia.”. 2. Objeto: La sociedad tiene por objeto: a) El ejercicio de actividades jurídicas y de asesoría empresarial en general, tanto en Chile como en el extranjero; b) Prestar asesoría jurídica integral y representación judicial y extrajudicial a personas naturales y jurídicas, sean estas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en materias regidas por el derecho público, privado o internacional; c) Desarrollar actividades de docencia, capacitación, elaboración de informes, emisión de peritajes, asesoría previsional y en materias de inversión, incluyendo la gestión directa de inversiones; d) Prestar servicios de asesoría y consultoría en materias de organización, reestructuración, administración y gestión de negocios y recursos humanos, así como en materias financieras y de inversión, incluso en moneda extranjera; e) Invertir en toda clase de bienes muebles e inmuebles, ubicados en Chile o en el extranjero; f) Actuar como comisionista en la venta, comercialización y distribución de bienes y/o servicios, propios o de terceros, sean estos muebles, inmuebles o de cualquier naturaleza, ya sea en calidad de intermediario, agente, representante o cualquier otra figura contractual permitida por la ley; y g) La ejecución en general de cualquier otra actividad o negocio que se relacione con el objeto anteriormente descrito. La Sociedad podrá abordar estos negocios por cuenta propia o ajena, como también por intermedio de otras sociedades en las cuales participe, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. 3. Capital: El capital de la Sociedad es de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se suscribe y se paga íntegramente en dinero efectivo por los accionistas constituyentes, en la forma indicada en la escritura extractada. 4. Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los señores Pablo Alfonso Escribano Guzmán, Benny Gutiérrez Cruz, Kristopher William Brigham y Francisca José Baeza Ferenús, quienes actuando en la forma señalada y anteponiendo su firma a la razón social, les corresponderá la representación de la Sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de julio de 2025.