AC&Q SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de julio de 2025
- Repertorio
- 9940-2025
- Notario
- FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE
- Oficio
- Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600, comuna de Providencia certifico que por escritura pública de fecha 8 de julio de 2025, Repertorio 9.940-2025, Ricardo Andrés Quezada infante, domiciliado en calle Camino Punta de Águila Norte N°9.170, casa 18, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; José Miguel Quezada Infante, domiciliado en calle Los Maitenes número 16.390, casa 15, comuna de Colina, Región Metropolitana, y de paso en esta; Francisco José Rodríguez Raffo, domiciliado en Avenida Providencia número 2653, oficina 702, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y, Carina Viviana Travisany Arancibia, domiciliada en calle Camino Punta de Águila Norte N°9.170, casa 18, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron la sociedad por acciones denominada “AC&Q SpA", cuyo extracto de constitución se a fojas 87.612 número 42.128 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020, Rut de la sociedad es 77.285.531-1.- Modificaciones consisten en: a) Aumento de capital de $30.000.000.-, quedando el capital social en la suma de $31.000.000.- que se encuentra dividido en i) ciento treinta acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal.- Este aumento de capital se materializa en el presente instrumento de la siguiente forma: a) Presente a este acto, don José Miguel Quezada Infante, ya individualizado, suscribe 5 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, de pago emitidas por la Sociedad por un valor total de cinco millones de pesos los que se pagan de la siguiente forma: (i) Se suscriben y pagan en este acto y a entera satisfacción de la sociedad 5 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal por un monto de cinco millones de pesos; b) Presente a este acto, don Francisco José Rodríguez Raffo, ya individualizado, suscribe 7 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, de pago emitidas por la Sociedad por un valor total de siete millones de pesos los que se pagan de la siguiente forma: (i) Se suscriben y pagan en este acto y a entera satisfacción de la sociedad 7 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal por un monto de siete millones de pesos; c) Presente a este acto, doña Carina Viviana Travisany Arancibia, ya individualizada, suscribe 5 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, de pago emitidas por la Sociedad por un valor total de cinco millones de pesos los que se pagan de la siguiente forma: (i) Se suscriben y pagan en este acto y a entera satisfacción de la sociedad 5 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal por un monto de cinco millones pesos como contraprestación a los servicios profesionales prestados y, adeudados a la fecha de la presente escritura, por la sociedad a la Sra. Travisany Arancibia; d) Las 13 acciones restantes serán de propiedad de la sociedad en concordancia a las modificaciones sociales señaladas en la presente escritura. Los suscriptores instruyen a la Sociedad para que ésta no emita los respectivos títulos de acciones de pago correspondientes al aumento de capital.- b) Con motivo de lo anterior ingresa a la sociedad José Miguel Quezada Infante, Francisco José Rodríguez Raffo y Carina Viviana Travisany Arancibia.- c) La administración y representación legal de la sociedad con las facultades otorgadas en los estatutos sociales a Carina Viviana Travisany Arancibia y a Francisco José Rodríguez Raffo, quienes podrán actuar conjunta, separada o indistintamente; revocando todo poder anterior. D)Ricardo Andrés Quezada Infante, José Miguel Quezada Infante, Francisco José Rodríguez Raffo y Carina Viviana Travisany Arancibia son los únicos accionistas sociales lo que le consta al notario que autoriza debido a que tuvo a la vista Libro de Registro de Accionistas de la sociedad. En todo lo demás se mantiene vigente el pacto social en los términos originalmente estipulados. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago 15 de julio de 2025.