MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD CONSTRUCTORA EL ROBLE LTDA.

RUT 76028085-2 CVE 2672252
Fecha instrumento
10 de junio de 2025
Notaría
Osorno

Instrumento

Fecha
10 de junio de 2025
Notario
NICOLAS ALEJANDRO VALENZUELA GONZALEZ
Oficio
4ta. Notaria de Osorno
Comuna
Osorno

Sociedad

Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

“SOCIEDAD CONSTRUCTORA EL ROBLE LIMITADA” O “EL ROBLE LTDA” NICOLAS ALEJANDRO VALENZUELA GONZALEZ, Abogado, Notario Público Interino de la 4ta. Notaria de Osorno, Mackenna N°879, local C, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don OSVALDO EMILIO SAEZ AGUILAR, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ciento trece mil seiscientos cinco mil guión cero, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contador, con domicilio en Ruta Doscientos quince, kilómetro veintisiete, comuna de Puyehue, región de Los Lagos y de paso en ésta, quien compareció por sí y en representación de don NESTOR ALEJANDRO GARCÍA KLENNER, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos ochenta y cuatro mil setecientos cuarenta y tres guión cinco, chileno, empleado, casado, con domicilio en calle Juan Julian Borquez número ochocientos veinticuatro, Rahue Alto, ciudad, comuna y provincia de Osorno, región de Los Lagos ; sanearon por ley 19.499 la escritura pública de fecha veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro Repertorio número mil ochenta y uno guión dos mil veinticuatro, otorgada ante el Notario Público Interino de Osorno, don Nicolás Valenzuela González, por medio de la que los comparecientes procedieron en modificar la “SOCIEDAD CONSTRUCTORA EL ROBLE LTDA” o “EL ROBLE LTDA”. En vista que el extracto de la referida escritura pública y su publicación en el Bienes Raíces de Osorno; por lo que, en conformidad a lo establecido en los artículos trescientos cincuenta y cinco y siguientes del Código de Comercio y artículos segundo, tercero y siguientes de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, es necesario proceder a su saneamiento, quedando vigente todo lo pactada en escritura pública de modificación ya referida. Demás estipulaciones escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 10 de Junio de 2025. DOY FE.