MBI SERVICIOS EXTERNOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2025
- Repertorio
- 14490-2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular 43º Notaria de Santiago, calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 16 de mayo de 2025, Repertorio Nº 14490-2025, ante mí, don Germán Alejandro Guerrero Falcón, don Arturo Claro Montes, don José Manuel Ugarte Hernández, don Jorge Ignacio del Puerto Vergara, doña Karin Melita Küllmer Navarrete, y don Humberto Muñoz Sotomayor, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco número 5711, oficina 401, comuna de Las Condes, Santiago, RECTIFICARON escritura pública de modificación de la sociedad “MBI SERVICIOS EXTERNOS LIMITADA” (inscrita a fojas 56.405 número 39.289 del Registro de Comercio Santiago del 2012) con fecha 28 de diciembre de 2016, en su cláusula cuarta en cuanto al capital social, la que quedará de la siguiente manera: “CUARTO: MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS SOCIALES. En atención a lo dispuesto en los puntos precedentes, se hace necesario modificar los estatutos sociales en lo pertinente, esto es, en su artículo quinto, el que quedará de la siguiente manera: “Artículo quinto: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios han aportado a la caja social de la siguiente forma: (i) German Alejandro Guerrero Falcón, en la cantidad de $261. 650, equivalentes a un 26,1650% de los derechos sociales; (ii) Arturo Claro Montes, en la cantidad de $261.650, equivalentes a un 26,1650% de los derechos sociales; (iii) José Manuel Ugarte Hernández, en la cantidad de $261.700, equivalentes a un 26,17% de los derechos sociales; (iv) Jorge Ignacio del Puerto Vergara, en la cantidad de $100.000, equivalentes a un 10% de los derechos sociales; (v) Karin Melita Küllmer Navarrete, en la cantidad de $80.000, equivalentes a un 8% de los derechos sociales; (vi) Humberto Muñoz Sotomayor, en la cantidad de $35.000, equivalentes a un 3,5000% de los derechos sociales”. En todo lo no modificado se mantienen íntegramente vigentes las estipulaciones de la escritura de modificación indicada. Asimismo, MODIFICARON la sociedad en el siguiente sentido: (1) German Alejandro Guerrero Falcón se retira de la Sociedad, vendiendo la totalidad de su participación en distintas proporciones al resto de los socios; (2) Humberto Muñoz Sotomayor cede un porcentaje de sus derechos a Karin Melita Küllmer Navarrete, quedando en definitiva como únicos socios de la sociedad MBI SERVICIOS EXTERNOS LIMITADA las siguientes personas: (i) José Manuel Ugarte Hernández, titular de un 35,0124% de los derechos sociales; (ii) Arturo Claro Montes, titular de un 35,0124% de los derechos sociales; (iii) Jorge Ignacio del Puerto Vergara, titular de un 15,6471% de los derechos sociales; (iv) Karin Melita Küllmer Navarrete, titular de un 10,8329% de los derechos sociales; y (v) Humberto Muñoz Sotomayor , titular de un 3,4952% de los derechos sociales, porcentajes que en suma constituyen el cien por ciento de los derechos sociales. (3) Como consecuencia de lo anterior, se sustituye el artículo quinto de los estatutos sociales respecto al capital social por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios han aportado a la sociedad de la siguiente forma: (i) José Manuel Ugarte Hernández, en la cantidad de $350.124 equivalentes a un 35,0124% de los derechos sociales; (ii) Arturo Claro Montes, en la cantidad de $350.124 equivalentes a un 35,0124% de los derechos sociales; (iii) Jorge Ignacio del Puerto Vergara, en la cantidad de $156.471, equivalentes a un 15,6471% de los derechos sociales; (iv) Karin Melita Küllmer Navarrete, en la cantidad de $108.329, equivalentes a un 10,8329% de los derechos sociales; y (v) Humberto Muñoz Sotomayor, en la cantidad de $34.952, equivalentes a un 3,4952% por ciento de los derechos sociales”. 3) Los socios acuerdan cambiar la administración social y el uso de la razon social, la cual era ejercida por un directorio y sustituirla por administradores los cuales serán designados por escritura pública. Como consecuencia de lo anterior, los socios acuerdan sustituir el artículo séptimo de los estatutos sociales en los términos indicados en la escritura extractada. 4) En todo lo no modificado, los comparecientes ratifican el estatuto social original. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 11 de julio de 2025.