MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORT EXPORT LONG CAI LIMITADA

RUT 77122618-3 CVE 2672670
Fecha instrumento
15 de enero de 2020

Instrumento

Fecha
15 de enero de 2020
Repertorio
163
Notario
EDWIN RIFFO GONZALEZ
Domicilio
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDWIN RIFFO GONZALEZ, abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: don Doña LINGLING ZHANG, Doña ANAHI LORENA RODAS ORIAS, doña ANYELINE VIAZ RODAS, y don WU CHEN, todos con domicilio para estos efectos en Avenida Arturo Prat N°1.670, departamento 265, Torre Rodas, Condominio Mar Egeo, Iquique; Por escritura pública de fecha 15 de Enero del año 2020, repertorio N°163, otorgada ante el Notario Público de Iquique don Christian Felipe Barrera Arriagada, Suplente de la Titular doña María Antonieta Niño De Zepeda Parra, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada IMPORT EXPORT LONG CAI LIMITADA o LONG CAI LTDA. cuyo extracto fue inscrito a fojas 119 número 81, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Iquique, correspondiente al año 2020, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile.- Modificada a fojas 427 número 248, del año 2023, a fojas 606 número 345 del año 2024, a fojas 1.104 vuelta número 616 del año 2024, a fojas 521 vuelta número 239 del año 2025, todas del Registro de Comercio de Iquique.- Modificaciones consisten: Las actuales socias Doña LINGLING ZHANG, dueña del 99% de los derechos y acciones de la sociedad, y doña ANAHI LORENA RODAS ORIAS dueña del 1% de los derechos y acciones de la sociedad, vienen en modificar el pacto social antes referido, en los términos que pasan a expresarse: a) Doña LINGLING ZHANG, vende, cede y transfiere un porcentaje equivalente al 70% de los derechos sociales a doña ANYELINE VIAZ RODAS, quien, compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $3.500.000.-, que el comprador paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando el vendedor recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- b) Doña LINGLING ZHANG, vende, cede y transfiere un porcentaje equivalente al 29% del total de los derechos sociales a don WU CHEN, quien, los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $1.450.000.-, que el comprador paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando el vendedor o cedente recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- c) Doña ANAHI LORENA RODAS ORIAS, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones en la sociedad que equivalen al 1% del haber total a don WU CHEN, quien, compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $50.000.-, que el comprador paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando el vendedor o cedente recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- Las ventas y cesiones señaladas comprende todos los derechos que corresponden a las vendedoras en la sociedad en razón de su calidad de socias en ella, la parte en la cuota de capital, el mayor valor de los aportes de capital, utilidades o beneficios devengados y, en general, todos los derechos y obligaciones que les correspondan en el haber social.- En virtud de lo anterior, como consecuencia de las ventas y cesiones a que se refiere la cláusula precedente, a contar de esta fecha, son socios de IMPORT EXPORT LONG CAI LIMITADA también LONG CAI LTDA., doña ANYELINE VIAZ RODAS y don WU CHEN, dueños del 70%, y 30% de los derechos sociales.- La administración representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a cualquiera de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, representarán, conjunta o separadamente, indistintamente, a IMPORT EXPORT LONG CAI LIMITADA o LONG CAI LTDA con todas y cada una de las facultades señaladas en el pacto social.- En lo no modificado continúa vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 13 de Junio de 2025.-