Deudas Cero Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2025
- Repertorio
- 34319
- Notario
- PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL
- Oficio
- Décimo Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es calle Merced ochocientos treinta y ocho, piso quince, Oficina ciento cincuenta y uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura y se disolverá con la muerte de algún
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: Asesoría legal, actuar en representación de terceros, en toda clase de juicios, ya sea ante Juzgados de Letras en lo Civil, Juzgados de Garantía, Tribunal Oral en lo Penal, Juzgados de Policía Local, Corte de Apelaciones, Corte Suprema, Registro Civil e Identificación, Ministerio Público, Defensoría Penal Pública, Conservadores de Bienes Raíces, Municipalidades, entre otras instituciones públicas o privadas, como entidades crediticias, financieras, como representante, apoderado, demandante o demandado, querellante o querellado, o defensa en general
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ROGER VERGARA HUERTA JURIDICO E.I.R.L | socio | 78157925-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL, Notario Público Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Bandera N° 341, Oficina N° 352, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 24 de Junio del año 2025, Repertorio N° 34.319, comparecen: ROGER VERGARA HUERTA JURIDICO E.I.R.L., Rol Unico Tributario N° 78.157.925-4, representada por don ROGER ALEXIS VERGARA HUERTA, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos cincuenta y un mil novecientos diecinueve guion nueve, ambos domiciliados para estos efectos en calle Merced ochocientos treinta y ocho, piso quince, Oficina ciento cincuenta y uno, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y, doña LAURA ANDREA PINCHEIRA HERRERA, chilena, casada, administradora de empresas, cédula nacional de identidad número trece millones ciento nueve mil quinientos veintiuno guion k, con domicilio para estos efectos, en calle Merced ochocientos treinta y ocho, piso quince, Oficina ciento cincuenta y uno, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en representación legal de la sociedad GESTION, IMPLEMENTACION SERVICIOS, MUNDO DE SOLUCIONES SpA, Rol Unico Tributario número setenta siete millones trescientos sesenta y uno mil ochocientos noventa y cuatro guion uno, constituyeron una sociedad de responsabilidad al monto de sus aportes.- Nombre: La razón social de la Sociedad es "DEUDAS CERO LIMITADA", pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “DEUDAS CERO LTDA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es calle Merced ochocientos treinta y ocho, piso quince, Oficina ciento cincuenta y uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.- Duración: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura y se disolverá con la muerte de algún socio. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: Asesoría legal, actuar en representación de terceros, en toda clase de juicios, ya sea ante Juzgados de Letras en lo Civil, Juzgados de Garantía, Tribunal Oral en lo Penal, Juzgados de Policía Local, Corte de Apelaciones, Corte Suprema, Registro Civil e Identificación, Ministerio Público, Defensoría Penal Pública, Conservadores de Bienes Raíces, Municipalidades, entre otras instituciones públicas o privadas, como entidades crediticias, financieras, como representante, apoderado, demandante o demandado, querellante o querellado, o defensa en general. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, de los cuales se han enterado cero pesos, y quedan por enterar un millón de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) ALEXIS ROGER VERGARA, se obliga a enterar el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos que enterará en efectivo, a más tardar dentro del plazo de doce meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; B) LAURA ANDREA PINCHEIRA HERRERA, se obliga a enterar el equivalente al cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de quinientos mil pesos que enterará en efectivo, a más tardar dentro del plazo de doce meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales.Administración La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá ambos socios.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Santiago,09 de Julio de 2025.- PEDRO R. REVECO HORMAZABAL.