CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COSENTINO CHILE SpA

RUT 59252230-6 CVE 2672791
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de julio de 2025
Repertorio
11538-2025
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será /a) la inversión, sea por cuenta propia o ajena, en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, para lo cual podrá adquirir y arrendar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar o participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, ejercer derechos en las mismas, participar en la administración y explotación de estas inversiones y en la percepción de sus frutos; /b) la fabricación, producción, importación, exportación, distribución, compra, venta y)o comercialización, sea por cuenta propia o de terceros, de superficies de piedra natural, piedra mineral y superficies ultracompactas, así como al desarrollo e innovación de las mismas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mi Notario Suplente, doña María de los Ángeles Ubilla Santa Cruz, con fecha 10 de julio de 2025, bajo el repertorio N° 11.538-2025, COSENTINO GLOBAL, S.L.U., Rol Único Tributario número 59.252.230-6, constituyó una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables son las siguientes: Nombre: “COSENTINO CHILE SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será /a/ la inversión, sea por cuenta propia o ajena, en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, para lo cual podrá adquirir y arrendar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar o participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, ejercer derechos en las mismas, participar en la administración y explotación de estas inversiones y en la percepción de sus frutos; /b/ la fabricación, producción, importación, exportación, distribución, compra, venta y/o comercialización, sea por cuenta propia o de terceros, de superficies de piedra natural, piedra mineral y superficies ultracompactas, así como al desarrollo e innovación de las mismas. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de 5.000.000.000 de pesos, dividido en 5.000.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, de las cuales, la cantidad de 1.000.000 de pesos, correspondiente a 1.000.000 de acciones fueron íntegramente suscritas y pagadas por Cosentino Global, S.L.U en dinero efectivo, y la cantidad de 4.999.000.000 de pesos, correspondiente a 4.999.000.000 de acciones, podrán ser suscritas y pagadas por Cosentino Global, S.L.U. dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la escritura de constitución en dinero efectivo o mediante el aporte de bienes de cualquier naturaleza, en cuyo caso dichos bienes deberán ser aprobados y valorizados previamente por la unanimidad de los accionistas de la sociedad,. En caso de que las acciones no sean suscritas y pagadas dentro del plazo de un año antes indicado, el capital de la sociedad quedará reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente suscrita y pagada a esa fecha. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Doy fe.- Santiago, 11 de julio de 2025.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.