CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CLINICA ESTETICA YOU LIMITADA

CVE 2672662
Capital
$12.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de julio de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2025
Notario
RODRIGO LAGOS GREVE
Domicilio
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$12.000.000 CLP
Duración
2 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 2 años cada uno, salvo que alguna de las socias manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socias limitan su responsabilidad al monto de sus

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) la instalación y explotación de centros de estética, dermatología y servicios de embellecimiento en general, cuidado personal, estética cosmetología, masajes, podología, manicure, embellecimiento corporal por cualquier forma, plasme rico en plaqueta en cara, cuello y manos, hilos tensores en cara y cuerpo, faciales hidratantes, ⁠limpiezas faciales profundas, microneedling, mesoterapia, ⁠perfilado de labios, armonización facial con ácido hialuronico: pómulos, rinomodelación, labios, mentón, otros, aplicación de toxina botulínica tercio medio inferior, tercio medio superior, tratamiento bruxismo, bioestimuladores, lipoliticos inyectables, masoterapia, maderoterapia, sueroterapia, carboxiterapia, ⁠tratamiento para alopecia, uso de máquinas estéticas como HIFU, radiofrecuencia, ultracavitadora, depilación láser, dermarroller, tratamientos reductivos, reafirmatorios, levantamiento de glúteos, tratamientos para la celulitis, micropigmentación y el desarrollo prestaciones y tratamiento relacionados con lo anterior; (b) La prestación de todo tipo de servicios, asesorías, capacitaciones y consultorías relacionadas con el mantenimiento y embellecimiento, facial, corporal, por cualquier sistema para lo cual podrá explotar establecimientos de tratamientos de belleza y estética. (c) La comercialización, uso, compraventa, distribución, promoción, importación y exportación de toda clase de productos relacionados con la estética, dermatología y belleza en general, productos cosméticos, dermato-cosméticos, equipos, accesorios, dispositivos y artículos médicos y cosméticos, insumos médicos y de belleza. (d) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la dermatología y estética, tanto en la parte clínica, como en laboratorio y exámenes e intervenciones no quirúrgicas. (e) La realización de todo tipo de exámenes, toma y análisis de muestras y elaboración de presupuestos. (f) El arriendo, subarriendo y leasing de equipos y aparotología médica, estética, cosmética y clínico, box médicos, sala de procedimiento y sala de cosmetología. (g) la compra, venta, arriendo y enajenación de bienes muebles e inmuebles. (h) Realizar toda clase de inversiones, sean estas en bienes muebles, inmuebles, acciones, bonos o debentures y, en general, cualquier clase de valores mobiliarios, derechos en sociedades de personas, de cualquier tipo que éstas sean; patentes, marcas comerciales y otros bienes de igual naturaleza; (i) y en general, cualesquiera otras actividades que las socias acuerden y que digan relación de manera directa o indirecta con actividades del giro social, sin ser necesario para ello, modificar los presentes estatutos sociales. Administración, representación y uso razón social corresponderá a ambas socias, en forma conjunta o separada, indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades que se indican en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO LAGOS GREVE, Notario Público de Viña del Mar, suplente del titular, don Francisco Fuenzalida Rodríguez, calle Arlegui N° local 111, comuna de Viña del Mar, certifico que: Por escritura con fecha 09 de julio de 2025, ante mí: Doña GABRIELA FERNANDA BARRERA SANDOVAL, y doña KATHIA ARLEN TORO VARGAS, ambas domiciliadas en calle Siete Norte número 645, oficina 212, comuna de Viña del Mar, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: «CLINICA ESTETICA YOU LIMITADA», pudiendo usar nombre de fantasía «YOU LTDA.», que la obligará misma manera que razón social. Objeto: El objeto de la sociedad será a) la instalación y explotación de centros de estética, dermatología y servicios de embellecimiento en general, cuidado personal, estética cosmetología, masajes, podología, manicure, embellecimiento corporal por cualquier forma, plasme rico en plaqueta en cara, cuello y manos, hilos tensores en cara y cuerpo, faciales hidratantes, ⁠limpiezas faciales profundas, microneedling, mesoterapia, ⁠perfilado de labios, armonización facial con ácido hialuronico: pómulos, rinomodelación, labios, mentón, otros, aplicación de toxina botulínica tercio medio inferior, tercio medio superior, tratamiento bruxismo, bioestimuladores, lipoliticos inyectables, masoterapia, maderoterapia, sueroterapia, carboxiterapia, ⁠tratamiento para alopecia, uso de máquinas estéticas como HIFU, radiofrecuencia, ultracavitadora, depilación láser, dermarroller, tratamientos reductivos, reafirmatorios, levantamiento de glúteos, tratamientos para la celulitis, micropigmentación y el desarrollo prestaciones y tratamiento relacionados con lo anterior; (b) La prestación de todo tipo de servicios, asesorías, capacitaciones y consultorías relacionadas con el mantenimiento y embellecimiento, facial, corporal, por cualquier sistema para lo cual podrá explotar establecimientos de tratamientos de belleza y estética. (c) La comercialización, uso, compraventa, distribución, promoción, importación y exportación de toda clase de productos relacionados con la estética, dermatología y belleza en general, productos cosméticos, dermato-cosméticos, equipos, accesorios, dispositivos y artículos médicos y cosméticos, insumos médicos y de belleza. (d) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la dermatología y estética, tanto en la parte clínica, como en laboratorio y exámenes e intervenciones no quirúrgicas. (e) La realización de todo tipo de exámenes, toma y análisis de muestras y elaboración de presupuestos. (f) El arriendo, subarriendo y leasing de equipos y aparotología médica, estética, cosmética y clínico, box médicos, sala de procedimiento y sala de cosmetología. (g) la compra, venta, arriendo y enajenación de bienes muebles e inmuebles. (h) Realizar toda clase de inversiones, sean estas en bienes muebles, inmuebles, acciones, bonos o debentures y, en general, cualquier clase de valores mobiliarios, derechos en sociedades de personas, de cualquier tipo que éstas sean; patentes, marcas comerciales y otros bienes de igual naturaleza; (i) y en general, cualesquiera otras actividades que las socias acuerden y que digan relación de manera directa o indirecta con actividades del giro social, sin ser necesario para ello, modificar los presentes estatutos sociales. Administración, representación y uso razón social corresponderá a ambas socias, en forma conjunta o separada, indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades que se indican en escritura. Capital. El capital social es la suma de $12.000.000.- que las socias aportan y pagan de la siguiente forma: a) doña Gabriela Fernanda Barrera Sandoval, la suma de $6.000.000.- que corresponde al 50% del capital social, totalmente pagados al contado en este acto, en dinero efectivo, que ingresan a caja social; y, b) dona Kathia Arlen Toro Vargas, la suma de $6.000.000.- que corresponde al 50% del capital social, totalmente pagados al contado en este acto, en dinero efectivo, que ingresan a caja social. Duración: 2 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 2 años cada uno, salvo que alguna de las socias manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socias limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Viña del Mar, a 11 de Julio de 2025.