MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

BUK CORREDORES DE SEGUROS SpA

RUT 78079709-6 CVE 2672452
Fecha instrumento
7 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de julio de 2025
Comuna
Santiago

Objeto social

“(…) servicios relacionados con el negocio de seguros y con la cobertura de riesgos que pueden tener las personas y empresas”. De esta forma el mentado Artículo Cuarto quedó de la siguiente forma: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será la intermediación remunerada de todo tipo de contratos de seguros, sean seguros generales, de vida, de créditos o previsionales, con cualquier entidad aseguradora que opere en el país, y la prestación de todo tipo de asesorías y servicios relacionados con el negocio de la intermediación de contratos de seguros.” Otras modificaciones se refieren a aspecto que no son materia de extracto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Titular de la 33° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico que :, Por escritura pública otorgada el 7 de julio de 2025, repertorio número 9.878-2025, ante mí, compareció el accionistas Raúl Nicolás Lyng Ivanschitz, único accionista de la sociedad BUK CORREDORES DE SEGUROS SpA, RUT número 78.079.709-6, sociedad inscrita a fojas 37.271 número 14.514 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025, con el objeto de modificar los estatutos sociales eliminando lo siguiente del Artículo Cuarto referente a su objeto: “(…) servicios relacionados con el negocio de seguros y con la cobertura de riesgos que pueden tener las personas y empresas”. De esta forma el mentado Artículo Cuarto quedó de la siguiente forma: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será la intermediación remunerada de todo tipo de contratos de seguros, sean seguros generales, de vida, de créditos o previsionales, con cualquier entidad aseguradora que opere en el país, y la prestación de todo tipo de asesorías y servicios relacionados con el negocio de la intermediación de contratos de seguros.” Otras modificaciones se refieren a aspecto que no son materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 10 de julio de 2025.