MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BRILLANTE IMPORT EXPORT LIMITADA

RUT 77894956-3 CVE 2672674
Fecha instrumento
6 de mayo de 2024
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
6 de mayo de 2024
Repertorio
735
Notario
EDWIN RIFFO GONZALEZ
Domicilio
Iquique
Comuna
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDWIN RIFFO GONZALEZ, abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: Don JUAN PABLO ASCUY, Don JUAN CARLOS CESPEDES ROJAS, y don BO HUANG, todos con domicilio para estos efectos en Calle Ramirez N°832, Iquique; Por escritura pública de fecha 06 de Mayo del año 2024, repertorio N°735, otorgada ante el Notario Público de Iquique don Fernando Mauricio Canales Hertrampf, Notario Interino de la Primera Notaria de Iquique, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada BRILLANTE IMPORT EXPORT LIMITADA o BRILLANTE LTDA. cuyo extracto fue inscrito a fojas 456 vuelta N°274, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Iquique, correspondiente al año 2024, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile.- Los actuales socios Don JUAN PABLO ASCUY, dueño del 99% de los derechos y acciones de la sociedad, y don JUAN CARLOS CESPEDES ROJAS dueño del 1% de los derechos y acciones de la sociedad, vienen en modificar el pacto social antes referido, en los términos que pasan a expresarse: a) Don JUAN PABLO ASCUY, vende, cede y transfiere un porcentaje equivalente al 10% del total de los derechos sociales a don BO HUANG, quien, compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $400.000.-, que el comprador paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando el vendedor recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- La venta y cesión señalada comprende derechos que le corresponden al vendedor en la sociedad en razón de su calidad de socio en ella, la parte en la cuota de capital, el mayor valor de los aportes de capital, utilidades o beneficios devengados y, en general, todos los derechos y obligaciones que les correspondan en el haber social.- En virtud de lo anterior, como consecuencia de las ventas y cesiones a que se refiere la cláusula precedente, a contar de esta fecha, son socios de BRILLANTE IMPORT EXPORT LIMITADA o BRILLANTE LTDA., don JUAN PABLO ASCUY, don BO HUANG, y don JUAN CARLOS CESPEDES ROJAS, dueños del 89%, 10%, y 1% de los derechos sociales.- Los comparecientes por sí y en la representación que puedan investir por la sociedad se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- La administración representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a cualquiera de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, representarán, conjunta o separadamente, indistintamente, a BRILLANTE IMPORT EXPORT LIMITADA o BRILLANTE LTDA con todas y cada una de las facultades señaladas en el pacto social.- En lo no modificado continúa vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 27 de Junio de 2025.-