CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TBM LOGISTICA SpA

RUT 13765319-2 CVE 2671706
Capital
$60.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de junio de 2025
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de junio de 2025
Notario
JUAN GONZALO CUEVAS POBLETE
Domicilio
Los Andes

Sociedad

N. fantasía
" TBM SPA."
Capital
$60.000.000 CLP
Domicilio
Los Andes
Duración
Indefinida

Objeto social

Desarrollo de la industria del transporte terrestre automotor público en todas sus modalidades, de pasajeros y carga, encomienda, servicios de encargos, dentro y fuera de chile, tanto terrestre como por vía aérea, lacustre, fluvial, en especial la modalidad de carga, en el ámbito nacional e internacional a través del empleo de todos los medios y en sus variadas modalidades, en las siguientes áreas y actividades relacionadas: Además podrá realizar las siguientes actividades: Ofrecer el servicio de movilización de cargas extra dimensionales o extra pesada, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normatividad vigente, a través de equipos propios o de terceros. Recibir vehículos en consignación, arrendar, subarrendar y alquilar vehículos, administrar vehículos, suscribir y)o celebrar contratos de prestación de servicios de transporte, de administración de vehículo de carga de pasajeros. Realizar servicios de pasajeros proyectados, por horas y puerta a puerta, de forma oportuna y confiable, en condiciones de calidad. Puntualidad y seguridad. Adquirir y)o alquilar toda clase vehículos incluyendo automotores blindados o de seguridad. Adquisición de bienes muebles o inmuebles de cualquier naturaleza que sean necesarios para desarrollar las actividades de la compañía. Participar en remates de bienes que realicen las financieras o entidades del estado nacionales e internacionales. Formar parte como socia o accionista de otras sociedades de fines similares o no pudiendo ase mismo ejercer la representación de la sociedad o personas dedicadas a actividades similares. Para el desarrollo y ejecución de este objeto la sociedad podrá realizar toda clase de operaciones de crédito y de actos jurídicos con títulos valores o papeles de negocio en general y así mismo celebrar toda clase de actos, operaciones o contratos que tengan relación directa o indirecta con las actividades que integran el objeto principal o cuya finalidad sea ejercer los derechos o cumplir las obligaciones legales o convencionales derivadas de la existencia de la sociedad. La sociedad para ejecución de su objeto social y en desarrollo del contrato de transporte podrá ser: Remitente, conductora, destinataria; podrá pactar seguros de compañía que funciones legalmente para responder por los riesgos del transporte y garantizar la debida conservación y entrega de mercancías, según lo previsto en el artículo 994, del código de comercio, pero sin tomar responsabilidad ante remitentes, destinatarios y terceros que otros transportistas, conductores, depositarios o consignatarios de carga, podrá celebrar contrato de suministro de servicio de transporte de carga según lo indicado en el artículo 994 del código de comercio; podrá afiliarse a entidades gremiales, profesionales o cooperativas vinculadas a la actividad de trasporte, podrá adquirir, conservar, poseer, gravar, tomar o dar en usufructo o en propiedad fiduciaria, enajenar o fabricar toda clase de bienes muebles o inmuebles, dar o tomar dinero en mutuo mercantil o civil, con intereses o sin ellos; celebrar con establecimientos financieros o de créditos las operaciones que estos se ocupen en prestarles toda clase de garantías personales o reales solicitar si llegare el caso concordato preventivo, transformar su clase social fusionarse con otra y otras compañías, absorber otra u otras empresas societarias o individuales. Ser administradora, asesora, contratista o contratante del transporte, comisionista, fletadora y trasportadora de acuerdo con las leyes o la costumbre mercantil del transporte que rige en cada país donde este se ejecute y regula los tratados internacionales sobre la materia. 18. La sociedad podrá llevar a cabo, en general, todas las operaciones, de cualquier naturaleza que ellas fueren, relacionadas con el objeto mencionado, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad. La sociedad podrá crear sucursales, agencias o dependencias en otros lugares del país o del exterior, por disposición de la asamblea general de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN GONZALO CUEVAS POBLETE, Notario Público de Los Andes, Suplente de la Interino SANDRA SEPULVEDA MARTINEZ, con oficio en esta ciudad, Esmeralda 417, certifica: Por escritura de hoy, ante mí, CAROLINA SOLEDAD NAVARRETE MIRANDA, chilena, soltera, empresaria, C.I.Nº 13.765.319-2, domiciliado en Villa Trasandino, pje Tornamesa N°48, comuna y Provincia de Los Andes, constituyo una sociedad por acciones, SpA. Razón Social: "TBM LOGISTICA SpA ".- Nombre de Fantasía: " TBM SPA.".- Objeto: Desarrollo de la industria del transporte terrestre automotor público en todas sus modalidades, de pasajeros y carga, encomienda, servicios de encargos, dentro y fuera de chile, tanto terrestre como por vía aérea, lacustre, fluvial, en especial la modalidad de carga, en el ámbito nacional e internacional a través del empleo de todos los medios y en sus variadas modalidades, en las siguientes áreas y actividades relacionadas: Además podrá realizar las siguientes actividades: Ofrecer el servicio de movilización de cargas extra dimensionales o extra pesada, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normatividad vigente, a través de equipos propios o de terceros. Recibir vehículos en consignación, arrendar, subarrendar y alquilar vehículos, administrar vehículos, suscribir y/o celebrar contratos de prestación de servicios de transporte, de administración de vehículo de carga de pasajeros. Realizar servicios de pasajeros proyectados, por horas y puerta a puerta, de forma oportuna y confiable, en condiciones de calidad. Puntualidad y seguridad. Adquirir y/o alquilar toda clase vehículos incluyendo automotores blindados o de seguridad. Adquisición de bienes muebles o inmuebles de cualquier naturaleza que sean necesarios para desarrollar las actividades de la compañía. Participar en remates de bienes que realicen las financieras o entidades del estado nacionales e internacionales. Formar parte como socia o accionista de otras sociedades de fines similares o no pudiendo ase mismo ejercer la representación de la sociedad o personas dedicadas a actividades similares. Para el desarrollo y ejecución de este objeto la sociedad podrá realizar toda clase de operaciones de crédito y de actos jurídicos con títulos valores o papeles de negocio en general y así mismo celebrar toda clase de actos, operaciones o contratos que tengan relación directa o indirecta con las actividades que integran el objeto principal o cuya finalidad sea ejercer los derechos o cumplir las obligaciones legales o convencionales derivadas de la existencia de la sociedad. La sociedad para ejecución de su objeto social y en desarrollo del contrato de transporte podrá ser: Remitente, conductora, destinataria; podrá pactar seguros de compañía que funciones legalmente para responder por los riesgos del transporte y garantizar la debida conservación y entrega de mercancías, según lo previsto en el artículo 994, del código de comercio, pero sin tomar responsabilidad ante remitentes, destinatarios y terceros que otros transportistas, conductores, depositarios o consignatarios de carga, podrá celebrar contrato de suministro de servicio de transporte de carga según lo indicado en el artículo 994 del código de comercio; podrá afiliarse a entidades gremiales, profesionales o cooperativas vinculadas a la actividad de trasporte, podrá adquirir, conservar, poseer, gravar, tomar o dar en usufructo o en propiedad fiduciaria, enajenar o fabricar toda clase de bienes muebles o inmuebles, dar o tomar dinero en mutuo mercantil o civil, con intereses o sin ellos; celebrar con establecimientos financieros o de créditos las operaciones que estos se ocupen en prestarles toda clase de garantías personales o reales solicitar si llegare el caso concordato preventivo, transformar su clase social fusionarse con otra y otras compañías, absorber otra u otras empresas societarias o individuales. Ser administradora, asesora, contratista o contratante del transporte, comisionista, fletadora y trasportadora de acuerdo con las leyes o la costumbre mercantil del transporte que rige en cada país donde este se ejecute y regula los tratados internacionales sobre la materia. 18. La sociedad podrá llevar a cabo, en general, todas las operaciones, de cualquier naturaleza que ellas fueren, relacionadas con el objeto mencionado, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad. La sociedad podrá crear sucursales, agencias o dependencias en otros lugares del país o del exterior, por disposición de la asamblea general de accionistas. Actividades inmobiliarias, arrendamientos y explotación de bienes inmuebles. Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o contrato, hipotecas, préstamos, etc. La representación de productos y empresas nacionales e internacionales. La participación en proyectos y licitaciones públicas y privadas, establecimientos, almacenes, depósitos o agencias, adquirir a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles rurales o urbanos, arrendarlos, enajenarlos, gravarlos o darlos en garantía de sus propias obligaciones. Domicilio: Los Andes, sin perjuicio de agencias, representaciones o sucursales que puedan establecer en otros puntos del territorio nacional o del extranjero.- Administración, representación y uso razón social: Corresponderá a doña CAROLINA SOLEDAD NAVARRETE MIRANDA, exclusivamente.- Capital: $60.000.000, dividido en 1000 acciones de una misma serie y sin valor nominal, de las que en este acto se suscriben y pagan, $15.000.000, a razón de quince mil pesos cada una, por doña CAROLINA SOLEDAD NAVARRETE MIRANDA; el saldo $45.000.000 se enteraran en el plazo de 5 años.- Socia limita su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Duración: Indefinida a contar de la fecha de la escritura. Otras estipulaciones constan escritura extractada.- Los Andes, 25 de Junio de 2025.