SYNCRONA CHILE S.A.
Instrumento
- Fecha
- 13 de junio de 2025
- Repertorio
- 7675-2025
- Notario
- Andrés Felipe Rieutord Alvarado
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Administración
La sociedad será administrada por un Gerente General designado por la junta de accionistas ordinaria o extraordinaria según sea el caso, con las facultades y limitaciones indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Felipe Rieutord Alvarado, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65 piso 2 Providencia.- certifico que con fecha 27 de junio de 2025, se redujo a Escritura Pública, ante mí, repertorio 7.675-2025, la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de “SYNCRONA CHILE S.A.”, de fecha 13 de junio de 2025, en la que se declaró haber asistido, la totalidad de las acciones, esto es, don PATRICIO ALBERTO MONTOYA BARRA, titular de novecientas treinta acciones, y don PATRICIO ALEJANDRO MONTOYA INOSTROZA, titular de setenta acciones. En la sesión se acordó transformar la presente sociedad anónima cerrada en una sociedad por acciones, que se regirá por el Párrafo 8° del Título VII del Libro II del Código de Comercio; de lo que se extracta lo siguiente: Nombre: "SYNCRONA GLOBAL LOGISTICS SpA”, la que podrá usar como nombre de fantasía, para todas las operaciones en que esto sea permitido, incluso para fines publicitarios, bancarios y/o tributarios la de “SYNCRONA GLOBAL LOGISTIC". El domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otras comunas o regiones del país o en el extranjero. La duración de la sociedad será indefinida. El objeto de la sociedad será dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: El transporte y logística de mercaderías nacionales o internacionales, por cualquier medio, ya sea aéreo, marítimo o terrestre, de importación o exportación, consignación, depósito, embalaje y almacenamiento de las citadas mercancías y servicio de mensajería. Dicho transporte se podrá efectuar por medios propios o de terceros, actuando también como transitorio y el ejercicio de mandatos, comisiones y representaciones para empresas nacionales o extranjeras. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato, pudiendo realizar todos los actos o contratos que directa o indirectamente se relacionen con el objeto Social' en general, todas aquellas actividades comerciales e industriales relacionadas con el giro social.- Administración: La sociedad será administrada por un Gerente General designado por la junta de accionistas ordinaria o extraordinaria según sea el caso, con las facultades y limitaciones indicadas en la escritura extractada. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de una sola serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en los siguientes términos: Uno) Patricio Alberto Montoya Barra suscribe 930 acciones, que paga al contado y en dinero efectivo, es decir, la suma de $4.650.000. Dos) Don Patricio Alejandro Montoya Inostroza, suscribe 70 acciones que paga al contado y en dinero efectivo, es decir, la suma de $350.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de julio de 2025.