CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES DIRIS SpA

CVE 2671869
Fecha instrumento
12 de junio de 2025

Instrumento

Fecha
12 de junio de 2025
Repertorio
6081-2025
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
agrupación de Comunas de Temuco

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio en Antonio Varas N°979 Temuco, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 12 de junio de 2025, Repertorio N° 6081-2025 otorgada ante mí, compareció don HÉCTOR GONZALO MÉNDEZ MOLINA, domiciliado en Aldunate 719, oficina 814, Temuco; señala que por escritura pública de fecha 30 de enero de 2025, suscrita ante esta notaria, repertorio N° 1168-25, don JOSÉ RIGOBERTO SEPULVEDA VILLEGAS, cédula nacional de identidad número nueve millones veinte mil trescientos noventa y ocho guión tres, domiciliado en Los Dramaturgos cero seiscientos doce de Temuco, constituyó Sociedad por Acciones “SOCIEDAD DE INVERSIONES DIRIS SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía en todas sus actuaciones, incluso ante bancos, la de “INVERSIONES DIRIS SpA”.,habiéndose solicitado su publicacion de extracto en el Diario Oficial con fecha 11 de febrero de 2025, publicándose el día 13 de febrero del mismo año, en su edición número 44.074. Expone que, en dicho extracto se omitió señalar el año de inscripción del inmueble aportado como capital, incluyéndolo en la escritura respectiva de forma correcta, la que el compareciente viene en sanear según la Ley Nº 19.499, por no haberse publicado ni inscrito dentro de plazo según la norma del artículo 345 del Codigo de Comercio. Asimismo, señala que la facultad de representar a los otorgantes consta en la cláusula cuarta de la anterior escritura de constitución socal. Se faculta, al portador de copia autorizada de esta escritura, para requerir y firmar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones, y rectificaciones que procedan en los registros correspondientes del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Demás estipulaciones constan escritura pública extractada.- Doy fe.- Temuco 10 de julio del año 2025.