CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA FUNDO EL CHAKAYAL LIMITADA

CVE 2671955
Capital
$60.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de julio de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de julio de 2025
Notario
CLAUDIA LORENA BRAHM BAHAMONDE
Domicilio
Los Muermos

Sociedad

Capital
$60.000.000 CLP
Domicilio
Puerto Montt
Duración
La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 5 años, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales y continuos, salvo si cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino, mediante escritura pública que se subinscriba al margen de la inscripción social, con 6 meses de anticipación del respectivo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIA LORENA BRAHM BAHAMONDE, Abogado, Notario Público Titular de Los Muermos, con Oficio en Antonio Varas 103, CERTIFICO: Por escritura pública, Rep. Nº530-2025, hoy ante mí, JORGE WILIBERTO MANSILLA GÓMEZ, agricultor, Sector Rural Cumbre del Barro de la comuna de Maullín; TERESA ADRIANA MANSILLA GÓMEZ contadora, Las Tepas N°1211, Valle Mirasol de la comuna de Puerto Montt y PATRICIO RENÁN MANSILLA GÓMEZ, agricultor, Sector Rural Cumbre del Barro de la comuna de Maullín, y de paso por ésta, constituyeron la SOCIEDAD AGRÍCOLA Y GANADERA FUNDO EL CHAKAYAL LIMITADA, que tendrá como nombre de fantasía “AGRÍCOLA FUNDO EL CHAKAYAL LTDA”. Objetos: El objeto de esta sociedad es, entre otras: Explotación, comercialización, distribución de todo producto agrícola y ganadero en predios propios o de terceros, Producción Lechera, compraventa de ganado, Plantaciones y/o cultivos Agrícolas y Forestales; actividades de servicios agrícolas y ganaderos, cultivo de productos agrícolas, frutícolas en combinación con cría de animales, cultivos en general; cultivo de productos de mercado; horticultura, silvicultura, extracción de madera y actividades de servicios conexas; la prestación de servicios agrícolas tanto profesionales como arriendo de maquinarias a terceros dentro del rubro agrícolas y ganaderos, carga y flete por cualquier medio de transporte propio o de terceros como camiones, tracto camiones, tractores, drones, transportes de ganado y arriendo de maquinaria agrícola y servicios, explotación de Servicios de Agroturismo como alojamiento, alimentación, recreación o afines; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad Agrícola o Ganadera y cualquier otro negocio que acordaren los socios sin que sea necesario pactarlo por escrito ni acreditarlo ante terceros. Capital: La suma de $60.000.000.- que se aporta en la siguiente forma: a) Don JORGE WILIBERTO MANSILLA GÓMEZ aporta la cantidad de $20.000.000.- pagando en este acto, al contado y en dinero efectivo las suma de $5.000.000.- que ha ingresado a la caja social, a entera satisfacción de los socios. El saldo de $15.000.000.- deberá enterarlo en el plazo 06 meses a contar de esta fecha mediante la entrega de terneros o ganado bovino que deberá ingresarse en caja social; b) doña TERESA ADRIANA MANSILLA GÓMEZ, aporta la cantidad de $20.000.000.- pagando en este acto, al contado y en dinero efectivo la suma de $15.000.000.- que ha ingresado a la caja social, a entera satisfacción de los socios. El saldo de $5.000.000.- deberá pagarlo en el plazo de 25 meses a contar de esta fecha que deberá ingresarse en caja social; c) Don PATRICIO RENÁN MANSILLA GÓMEZ aporta la cantidad de $20.000.000.- pagando en este acto, al contado y en dinero efectivo la suma de $15.000.000.- que ha ingresado a la caja social, a entera satisfacción de los socios. El saldo de $5.000.000.- deberá pagarlo en el plazo de 25 meses a contar de esta fecha que deberá ingresarse en caja social.- Administración y el uso de la razón social corresponderán al socio don JORGE WILIBERTO MANSILLA GÓMEZ . Utilidades. Como así mismo las perdidas, se prorratearan de acuerdo al porcentaje de los aportes.- Responsabilidad. Socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- Domicilio: Puerto Montt. sin perjuicio de poder establecer actividades o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Duración: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 5 años, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales y continuos, salvo si cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino, mediante escritura pública que se subinscriba al margen de la inscripción social, con 6 meses de anticipación del respectivo.- Demás estipulaciones, escritura extractada. Los Muermos, 11 de Julio de 2025.-