CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Tecles y Winches SpA

RUT 16367378-9 CVE 2671401
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de julio de 2025
Repertorio
827-25
Notario
Alejandra del Carmen Loyola Ojeda
Oficio
3º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alejandra del Carmen Loyola Ojeda, Notario Público, Titular 3º Notaria de Santiago, Avenida Tobalaba Nº 1469, Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura de fecha 2 de Julio 2025, Repertorio Nº 827-25, ante mí, DANIEL ANTONIO MELEJ RICHTER, chileno, soltero, abogado, C.i.Nº 16.367.378-9, y don NICOLÁS ALEJANDRO MELEJ RICHTER, chileno, soltero, ingeniero civil, c.I.Nº 15.639.245-6, ambos con domicilio, para estos efectos, en Tobalaba Nº 1499, Comuna de Providencia, Región Metropolitana , los comparecientes, constituyen sociedad por acciones Ley 18.046 y sus modificaciones. Nombre: “TECLES Y WINCHES SpA”. Nombre fantasia: “TYW SpA”. El domicilio de la sociedad es ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país. El objeto de la sociedad será la comercialización, importación, exportación, representación y arriendo de maquinarias y herramientas de izaje y construcción, y en general ejecutar actos de este giro o de cualquier ramo o actividad que los accionistas acuerden, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de los fines sociales. Capital social $10.000.000.-, dividido en 10.000., acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, completamente suscrito y pagado en la forma establecida Articulo Primero Transitorio. Duración; Indefinida, a contar fecha constitución sociedad; Representante legal y administración don NICOLÁS ALEJANDRO MELEJ RICHTER, a quién se le otorgan y confieren las facultades establecidas en el Articulo 10º del presente Estatuto, sin limitación de ningún tipo y naturaleza. Demás estipulaciones escritura extractada. Repertorio N°827-25. Santiago, 08 Julio del 2025.-.