MIND & MOTION S.A.
Instrumento
- Fecha
- 8 de julio de 2025
- Repertorio
- 6018-2025
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $23.602.000 CLP
Objeto social
desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) la prestación de todo tipo de servicios relacionados con el embasamiento de líquidos valorados; b) la importación, exportación, representación, producción, distribución y comercialización, sea por cuenta propia o ajena, de productos plásticos, químicos, componentes nutricionales, y aguas u otros líquidos valorados bebestibles; c) compra y venta de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, inversión en todo tipo de títulos, derechos, acciones o efectos de comercio; la prestación de todo tipo de servicios y asesorías comerciales, de diseño u otros similares; y d) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores; 3)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público, Titular de la 27° Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, Providencia, certifica que: Por escritura pública de fecha 08 de julio de 2025, repertorio 6018-2025, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 08 de julio de 2025, de MIND & MOTION S.A., sociedad inscrita a fs. 45.718, nro. 31.475, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Santiago del año 2008, con la asistencia de sus únicos y actuales accionistas, MAURO ANDRÉS CANZIANI HOFFA, titular de 1 acción, e INVERSIONES SFORZA ITALIA LIMITADA, titular de 236.019 acciones, encontrándose presentes por tanto 236.020 acciones, las que representan el 100% de las acciones emitidas por la sociedad, habiéndose acordado en dicha Junta, por unanimidad de los accionistas presentes, transformar la sociedad anónima cerrada en una sociedad por acciones, a contar de la reducción a escritura pública del acta referida, la que se regirá por el estatuto que se extracta y suplirá en todas y cada una de sus partes al pacto social constitutivo y sus modificaciones: 1) Razón social: “MIND & MOTION SpA”; 2) Objeto: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) la prestación de todo tipo de servicios relacionados con el embasamiento de líquidos valorados; b) la importación, exportación, representación, producción, distribución y comercialización, sea por cuenta propia o ajena, de productos plásticos, químicos, componentes nutricionales, y aguas u otros líquidos valorados bebestibles; c) compra y venta de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, inversión en todo tipo de títulos, derechos, acciones o efectos de comercio; la prestación de todo tipo de servicios y asesorías comerciales, de diseño u otros similares; y d) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores; 3) Capital social: $23.602.000.-, divididos en 236.020 acciones, todas nominativas, ordinarias, de igual valor, sin valor nominal, y de una sola serie, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) MAURO ANDRÉS CANZIANI HOFFA, suscribe 1 acción, a un precio de $100.-; y b) la sociedad INVERSIONES SFORZA ITALIA LIMITADA, suscribe 236.019 acciones, a un precio de $23.601.900.- Los únicos y actuales accionistas dan por pagadas las acciones en que está dividido el capital social de la presente sociedad, en las cantidades ya señaladas y que se declaran ya ingresadas a las arcas sociales, con cargo a las acciones que a cada accionista correspondían en la sociedad anónima cerrada denominada " MIND & MOTION S.A.", de quien la presente sociedad, MIND & MOTION SpA, es continuadora legal, quedando así totalmente suscrito y pagado el capital social de ésta última.- La sociedad transformada se hace cargo de todas las obligaciones que, a la fecha de la transformación, tuviese la sociedad que se transforma y, en especial, de todos los impuestos y tributos que pudiere adeudar.- Demás acuerdos que no son materia de extracto se contienen en escritura extractada.- Santiago, 09 de Julio de 2025.-