Instrumento
- Fecha
- 7 de julio de 2025
- Notario
- FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE
- Oficio
- Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros, de las siguientes actividades: A) La realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales y, en especial, derechos, acciones, bonos, debentures, marcas, patentes y registros y demás valores mobiliarios, títulos de créditos, depósitos a plazo y demás efectos de comercio, adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes raíces, sean rústicos o urbanos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; la formación, ingreso o participación en sociedades, asociaciones o comunidades, cualquiera sea la naturaleza u objeto; B) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollo de software, inversiones en tecnología y otras áreas afines. C) La prestación de servicios profesionales en los ámbitos de consultoría de negocio y de gestión, consultoría tecnológica y formación destinados a cualquier campo o sector, incluyendo la elaboración y ejecución de toda clase de estudios y proyectos, así como la dirección, asistencia técnica, transferencia de tecnología, comercialización y administración de tales estudios, proyectos y actividades. D) La prestación de servicios de externalización de todo tipo de actividades y procesos pertenecientes a cualquier campo o sector . Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros. Todos los objetos sociales antes señalados podrán desarrollarse tanto en el país como en el extranjero. El capital de la sociedad será la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, dividido en cuatro mil quinientas acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. encontrándose suscritas y pagadas de la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. La administración de la sociedad será ejercida por un Directorio. La
Administración
Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de julio de 2024
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600, comuna de Providencia certifica que: mediante escritura pública otorgada ante mí, con fecha 07 de julio de 2025, repertorio número 9880-2025, don FRANCISCO JAVIER DUARTE VALDÉS, domiciliado en Avenida Miraflores seiscientos treinta y dos, comuna de Peñaflor y don BORJA GÓMEZ RODRÍGUEZ, domiciliado en Avenida Andrés Bello mil quinientos cincuenta y cinco, departamento mil doscientos doce, comuna de Providencia, constituy eron una sociedad por acciones denominada es “INVERSIONES KOLMEN SpA”, en adelante la "Sociedad" pudiendo actuar, contratar y funcionar indistintamente con el nombre de fantasía “KOLMEN PARTNERS SpA” La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la suscripción de la presente escritura constitutiva y tendrá una duración indefinida. ARTÍCULO TERCERO: Domicilio social. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias, representaciones o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. ARTÍCULO CUARTO: Objeto. La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, de las siguientes actividades: A) La realización de todo tipo de inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales y, en especial, derechos, acciones, bonos, debentures, marcas, patentes y registros y demás valores mobiliarios, títulos de créditos, depósitos a plazo y demás efectos de comercio, adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes raíces, sean rústicos o urbanos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; la formación, ingreso o participación en sociedades, asociaciones o comunidades, cualquiera sea la naturaleza u objeto; B) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollo de software, inversiones en tecnología y otras áreas afines. C) La prestación de servicios profesionales en los ámbitos de consultoría de negocio y de gestión, consultoría tecnológica y formación destinados a cualquier campo o sector, incluyendo la elaboración y ejecución de toda clase de estudios y proyectos, así como la dirección, asistencia técnica, transferencia de tecnología, comercialización y administración de tales estudios, proyectos y actividades. D) La prestación de servicios de externalización de todo tipo de actividades y procesos pertenecientes a cualquier campo o sector . Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Todos los objetos sociales antes señalados podrán desarrollarse tanto en el país como en el extranjero. El capital de la sociedad será la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, dividido en cuatro mil quinientas acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. encontrándose suscritas y pagadas de la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. La administración de la sociedad será ejercida por un Directorio. La administración. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de julio de 2024.