Instrumento
- Fecha
- 13 de junio de 2025
- Notario
- FRANCISCO ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- Décimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
Objeto social
a) Efectuar inversiones inmobiliarias, para lo cual podrá adquirir bienes raíces y construir en ellos, subdividirlos, lotearlos y urbanizarlos, refaccionarlos y restaurarlos por cuenta propia o ajena, administrarlos y darlos en arrendamiento o venderlos, o cualquiera otra forma de explotación y aprovechamiento de los mismos y percibir sus frutos. b) la compra, venta, arriendo, administración, explotación, comercialización y distribución de toda clase de bienes inmuebles y relacionados; c) Efectuar inversiones y percibir rentas respecto de toda clase de bienes, de cualquier clase o especie, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, d) El desarrollo, promoción y la realización de todo tipo de inversiones de capital, tanto en bienes muebles como inmuebles, de renta fija o variable, en Chile o en el extranjero e) La ejecución de todos los actos conducentes a la consecución de los fines ya expresados, incluso la formación de sociedades con objetivos similares y)o la incorporación a sociedades ya existentes; f) En general, la realización de cualquier otra actividad que los socios acuerden
Administración
La administración y uso del nombre social corresponderá a doña KARINA ANDREA DE JESÚS MUÑOZ LÓPEZ DE MATURANA, quien actuando de forma personal o debidamente representada y anteponiendo su respetiva firma a la razón o nombre social podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración, establecidas en pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF original"INMOBILIARIA KOM HOUSE SpA” FRANCISCO ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández 201, locales 101 y 102, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de junio de 2025, Repertorio Nª2705-2025 otorgada ante mí, doña KARINA ANDREA DE JESÚS MUÑOZ LÓPEZ DE MATURANA y don OSCAR CAMILO SEVERINO LOBOS, ambos domiciliados en calle La Aurora número 1313, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad por acciones, conforme al extracto: Nombre: "INMOBILIARIA KOM HOUSE SpA”, con nombre de fantasía “KOM HOUSE SpA”. Objeto: a) Efectuar inversiones inmobiliarias, para lo cual podrá adquirir bienes raíces y construir en ellos, subdividirlos, lotearlos y urbanizarlos, refaccionarlos y restaurarlos por cuenta propia o ajena, administrarlos y darlos en arrendamiento o venderlos, o cualquiera otra forma de explotación y aprovechamiento de los mismos y percibir sus frutos. b) la compra, venta, arriendo, administración, explotación, comercialización y distribución de toda clase de bienes inmuebles y relacionados; c) Efectuar inversiones y percibir rentas respecto de toda clase de bienes, de cualquier clase o especie, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, d) El desarrollo, promoción y la realización de todo tipo de inversiones de capital, tanto en bienes muebles como inmuebles, de renta fija o variable, en Chile o en el extranjero e) La ejecución de todos los actos conducentes a la consecución de los fines ya expresados, incluso la formación de sociedades con objetivos similares y/o la incorporación a sociedades ya existentes; f) En general, la realización de cualquier otra actividad que los socios acuerden. Capital: $10.000.000 dividido en 10.000 acciones nominativas, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración y uso del nombre social corresponderá a doña KARINA ANDREA DE JESÚS MUÑOZ LÓPEZ DE MATURANA, quien actuando de forma personal o debidamente representada y anteponiendo su respetiva firma a la razón o nombre social podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración, establecidas en pacto social. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago. 09 de julio de 2025.