MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Energy Pro SpA

RUT 76366101-6 CVE 2671636
Capital
$12.119 CLP
Fecha instrumento
30 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de junio de 2025
Repertorio
67581-2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$12.119 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SEBASTIÁN ANDRÉS PRADO LERMANDA socio 10977337-9

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 40916 del 5 de julio de 2014

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario del Titular de la 2a Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara 107, comuna de Las Condes y ciudad de Santiago, certifico: que por Escritura Pública de fecha 30 de junio de 2025, Repertorio N°67.581-2025, ante mí, PABLO MAURICIO FALCONE SILVA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, CI Nº 13.473.731- K, domiciliado en Valais 4950, Lo Barnechea; SEBASTIÁN ANDRÉS PRADO LERMANDA, chileno, soltero, ingeniero comercial, CI Nº10.977.337-9, domiciliado en Leonardo Da Vinci 7039, Las Condes; y JULIO ERNESTO CALERO CARBONELL, cubano, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero mecánico, CI para extranjeros Nº25.522.259-7, domiciliado en Argomedo 190, departamento 1306, Santiago, mediante Acuerdo de Accionistas sin forma de Junta modificaron los estatutos de la sociedad Energy Pro SpA, Rut Nº76.366.101-6, constituida por escritura pública de fecha 15 de julio de 2014, otorgada en la Notaría de Santiago de don Humberto Santelices Narducci, bajo el Repertorio Número 7377-2014, cuyo extracto se inscribió a fojas 52.956 Nº32.820 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014 y se publicó en el Diario Oficial Nº40.916 de 5 de Julio de 2014. Capital de $12.119.817 dividido en 840 acciones. Mediante escritura que se extracta, se modificó el artículo DÉCIMO del TÍTULO TERCERO de los estatutos sociales, relativo a la Administración de la Sociedad, sustituyéndolo por el siguiente: “DÉCIMO: La representación y la administración de la Sociedad será ejercida por PABLO MAURICIO FALCONE SILVA, y SEBASTIÁN ANDRÉS PRADO LERMANDA, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus firmas personales, podrán representar y obligar válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionados con el giro ordinario de la sociedad, con las más amplias facultades señaladas en la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 03 de julio de 2025. F. LEIVA C. N.P.