VIENTOS PACÍFICO VERDE SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2025
- Repertorio
- 9025-2025
- Notario
- Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA DE LOS ANGELES UBILLA SANTA CRUZ, Abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 03 de junio de 2025, repertorio 9.025-2025, ante el notario titular don Eduardo Diez Morello, se redujo acta de junta extraordinaria de accionistas de VIENTOS PACÍFICO VERDE SpA (RUT N° 77.558.298-7 e inscrita a fojas 24371 número 11244 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, en adelante la “Sociedad”), celebrada con esa misma fecha, en virtud de la cual Bosques Pacífico Verde S.A. en su calidad de único accionista de la Sociedad, aprobó aumentar el número de acciones en que se divide el capital social, sin aumentar el monto de este último. De esta forma, se cancelaron las 1.000 acciones en las que se dividía originalmente el capital y se reemplazaron por nuevas 23.815.166 acciones, todas de las mismas características de las actuales, esto es, ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se asignaron en canje al actual y único accionista. En virtud de lo anterior, se adecuaron los artículos de estatutos sociales relativos al capital, reemplazándose el Artículo Quinto por el que a continuación se señala: “ARTÍCULO QUINTO.- El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, moneda de curso legal, dividido en veintitrés millones ochocientas quince mil ciento sesenta y seis acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éste podrá ser enterado en dinero efectivo o en especies.” El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en la escritura extractada.- Santiago, 08 de julio de 2025.- Maria de los Angeles Ubilla Santa Cruz.- Notario Suplente.