SERVICIOS DE TRANSPORTES MASTER CAR SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2025
- Notario
- DENISE PAOLA FAJARDO FAJARDO
- Oficio
- Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta don FRANCISCO MARTINEZ TORRES
- Comuna
- Antofagasta don FRANCISCO MARTINEZ TORRES
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Antofagasta
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 20.190
Objeto social
El Objeto social será a) La prestación de servicios de transporte, urbano o interurbano, de carga y traslado de pasajeros, trabajadores y)o personal, por vía terrestre, en vehículos propios o de terceros; b) La compra y venta de vehículos motorizados por cuenta propia o ajena; c) El arrendamiento de vehículos motorizados de todo tipo o modelo, con o sin conductores, sean de la sociedad o de terceros; d) La explotación de servicios, garajes, mantenimiento y reparación de todo tipo de vehículo motorizados o automotrices; e) La compra y venta, por cuenta propia o ajena, de combustibles, lubricantes, repuestos, accesorios e insumos para vehículos motorizados; f) El lavado, engrase, cambios de aceites y reparaciones menores de todo tipo de vehículos motorizados, dentro o fuera del radio urbano de la ciudad; g Podrá también tener la representación de todas las empresas, nacionales y)o extranjeras y marcas relacionadas con el rubro automotriz; h) En general, la sociedad podrá ejecutar toda otra actividad conexa o relacionada con el objeto social, por cuenta propia o ajena, y ejecutar todos los actos y contratos que los socios acuerden dentro de los fines sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDENISE PAOLA FAJARDO FAJARDO, Notario Público Suplente del Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta don FRANCISCO MARTINEZ TORRES, domicilio calle Arturo Prat 470, local 3, interior: CERTIFICA : Por escritura Pública ante mí, fecha hoy, don GUILLERMO EDUARDO NUÑEZ URRUTIA, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad N° 17.723.955-0, domiciliado esta ciudad calle Arturo Prat 272, oficina 203, mayor de edad, constituyó Sociedad por Acciones, que se regirá por Ley 20.190, supletoriamente por Ley 18.046 y su reglamento, por las normas de los códigos de Comercio y Civil en cuanto fueren atingentes y en especial por los estatutos que a continuación se estipulan: RAZÓN SOCIAL: La razón social será SERVICIOS DE TRANSPORTES MASTER CAR S.p.A.”. OBJETO: El Objeto social será a) La prestación de servicios de transporte, urbano o interurbano, de carga y traslado de pasajeros, trabajadores y/o personal, por vía terrestre, en vehículos propios o de terceros; b) La compra y venta de vehículos motorizados por cuenta propia o ajena; c) El arrendamiento de vehículos motorizados de todo tipo o modelo, con o sin conductores, sean de la sociedad o de terceros; d) La explotación de servicios, garajes, mantenimiento y reparación de todo tipo de vehículo motorizados o automotrices; e) La compra y venta, por cuenta propia o ajena, de combustibles, lubricantes, repuestos, accesorios e insumos para vehículos motorizados; f) El lavado, engrase, cambios de aceites y reparaciones menores de todo tipo de vehículos motorizados, dentro o fuera del radio urbano de la ciudad; g Podrá también tener la representación de todas las empresas, nacionales y/o extranjeras y marcas relacionadas con el rubro automotriz; h) En general, la sociedad podrá ejecutar toda otra actividad conexa o relacionada con el objeto social, por cuenta propia o ajena, y ejecutar todos los actos y contratos que los socios acuerden dentro de los fines sociales.- DOMICILIO: Antofagasta, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias u oficinas, en otras partes del país o en el extranjero. DURACION: Indefinida.- CAPITAL: $5.000.000. dividido 100 acciones, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado.- ADMINISTRACIÓN REPRESENTACIÓN Y USO RAZON SOCIAL: La sociedad será administrada por un gerente general, el cual puede o no ser accionista, no obstante, se nombrará carácter provisorio un gerente general, quien funcionara y actuara hasta que sea elegido el gerente general definitivo, quien anteponiendo su firma a la razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial, extrajudicialmente y en el cumplimiento del objeto social estará investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 09 de Julio 2025.