MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

LABORATORIOS CLÍNICOS Y OTROS SERVICIOS DE SALUD AYCA SpA

RUT 76079470-8 CVE 2671101
Capital
$7.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de junio de 2025
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$7.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Paseo Huérfanos 835, Piso 18º, Certifica: Que por escritura fecha 19 de Junio de 2025, ante mí, doña HERMINIA ELENA AYCA SEGOVIA, Socos Nº76, Ovalle, Provincia de Limarí, IV Región de Coquimbo y de paso en ésta; saneó en los términos consagrados en la Ley 19.499 del 11 de Abril de 1997, la escritura pública de fecha 11/11/2024, otorgada ante el Notario de Titular de la Segunda Notaría y Conservador de Minas de Ovalle, don Rodrigo Cabrera Albarrán, de Cesión de Derechos y Transformación de Sociedad “INVERSIONES AYCA Y ZEBALLOS LIMITADA”; hoy LABORATORIOS CLÍNICOS Y OTROS SERVICIOS DE SALUD AYCA SpA, con nombre de fantasía LABORATORIO CLÍNICO LIMARÍ SpA, cuyo extracto fue inscrito a Fojas 48.121, Nº18.639 en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2025; y publicado en el DOE con fecha 29/05/25, ejemplar 44.160, CVE 2652713, ambas actuaciones fuera del plazo estipulado. Asimismo, en dicha escritura se cometieron errores involuntarios, y viene en aclarar lo siguiente: 1) Que el nombre o Razón Social es “LABORATORIOS CLÍNICOS Y OTROS SERVICIOS DE SALUD AYCA SpA”, con nombre de fantasía “LABORATORIO CLÍNICO LIMARÍ SpA”, y no como se indica en dicha escritura; 2) Que el capital de la sociedad es la suma de $7.000.000.-, dividido en 70 acciones nominativas de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado; y no como se señala en dicha escritura y en su extracto de $3.500.000.-, dividido en 35 acciones nominativas; y, 3) Que la Representación, Administración y Uso de Razón Social, corresponde única y exclusivamente a doña HERMINIA ELENA AYCA SEGOVIA, y no como se indica en escritura y en extracto inscrito. Finalmente, y con el objeto de evitar la nulidad de dicha escritura, por el presente acto e instrumento, la accionista doña HERMINIA ELENA AYCA SEGOVIA, de conformidad con el artículo 427 del Código de Comercio, viene en sanear los vicios producidos en dicha escritura en los términos indicados en la Ley 19.499 publicada con fecha 11 de abril de 1997; para lo cual se ratifica lo saneado anteriormente y reitera lo saneado por este acto e instrumento.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 03 de Julio de 2025.