Grupo Inversiones Familiares Raíces SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de julio de 2025
- Notario
- DORA SILVA LETELIER
- Oficio
- Primera Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año
- Duración
- Indefinida
Administración
La Sociedad será administrada por don VLADIMIR ALEXIS RIQUELME CALPE, con amplias facultades incluidas en el artículo séptimo, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones, sin valor nominal, que son pagados en el acto de constitución, en dinero efectivo, ingresándolos a la caja social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLINA ANDREA GUTIÉRREZ ASCENCIO, Notario Suplente de la Titular, DORA SILVA LETELIER, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y Oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente Nº7131, certifico que: por escritura de hoy, otorgada ante mí, don VLADIMIR ALEXIS RIQUELME CALPE, C.I.N°10.958.377-3, domiciliado en calle Las Golondrinas N°074, sector El Manzano, comuna San José de Maipo, de paso en ésta, Región Metropolitana; constituyó una Sociedad por Acciones, cuya razón social será “Grupo Inversiones Familiares Raíces SpA”.- El Objeto social pactado es: “la inversión en bienes raíces, incluyendo compra, venta, arriendo, administración y desarrollo de proyectos inmobiliarios urbanos o rurales, propios o de terceros, además de actividades complementarias al rubro inmobiliario, además de todas las demás actividades o negocios que acuerden los socios”.- La Administración: La Sociedad será administrada por don VLADIMIR ALEXIS RIQUELME CALPE, con amplias facultades incluidas en el artículo séptimo, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones, sin valor nominal, que son pagados en el acto de constitución, en dinero efectivo, ingresándolos a la caja social. Domicilio: Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año. Duración: Indefinida. Demás cláusulas contenida en escritura extractada.- LA FLORIDA, 03 de Julio de 2025.